DECRETO 2115 DE 2016
(diciembre 22)
D.O. 50.095, diciembre 22 de 2016
por medio del cual se confiere una condecoración de la Orden Nacional al Mérito.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los Decretos 3086 de 1981 y Decreto 1219 de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que, el Gobierno nacional ha instituido la Orden Nacional al Mérito con el fin de honrar y enaltecer a personas e instituciones nacionales y extranjeras que se hayan distinguido por sus especiales méritos y servicios al país;
Que, el Embajador Manuel Sanz de Santamaría Mallarino, se ha distinguido por su profesionalismo, compromiso y permanente contribución a la promoción y al fortalecimiento de las relaciones de amistad, cooperación e integración de Colombia con el resto del mundo;
Que, a lo largo de su trayectoria como servidor público, se desempeñó en importantes cargos como: Jefe de la Sección de Organismos y Conferencias Internacionales en la Delegación de la Asamblea de las Naciones Unidas en Nueva York (1962), Director General del Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores (1980); Embajador de Colombia ante el Gobierno de Portugal (1988) y Egipto (1989), Presidente de la Junta Directiva de la Asociación Diplomática y Consular (1991), entre otros;
Que, trabajó en el proyecto de Apertura y Reclasificación de la Carrera Diplomática y Consular, logrando que este proyecto se debatiera en las respectivas comisiones y plenarias de ambas cámaras y fuera aprobado, finalmente se obtuvo la apertura de la Carrera Diplomática para funcionarios de la Cancillería y la reclasificación de la mayor parte del personal de carrera;
Que, es deseo del Gobierno nacional reconocer los méritos y exaltar la labor ejercida por el Embajador Manuel Sanz de Santamaría Mallarino, por sus años de labores consagradas al servicio de nuestro país y en especial al Ministerio de Relaciones Exteriores;
DECRETA:
Artículo 1°. Confiérase la Orden Nacional al Mérito en el Grado de Gran Cruz, al Embajador Manuel Sanz de Santamaría Mallarino.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.C., a 22 de diciembre de 2016.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Ángela Holguín Cuéllar.