DECRETO 2106 DE 2015

Decretos 2015

DECRETO 2106 DE 2015     

(octubre 24)    

D.O. 49.675, octubre 24  de 2015    

por el cual se  designa Alcalde ad hoc para el municipio de  Soledad-Atlántico.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en  particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante oficio del 19 de octubre de  2015, el Alcalde Municipal de Soledad-Atlántico, señor Franco Castellanos Niebles, se declaró impedido para el período de elecciones  de 2015 y hasta que finalicen los escrutinios, en razón a que tiene parentesco,  en segundo grado de afinidad, con el señor Iván Gómez Álvarez, aspirante a la  Alcaldía de ese municipio;    

Que mediante autos del 23 y 24 de octubre de  2015 la Procuradora Regional de Atlántico aceptó el impedimento impetrado por  el señor Franco Castellanos Niebles, en su calidad de  Alcalde Municipal de Soledad-Atlántico, para participar en la jornada electoral  a realizarse el 25 de octubre de 2015;    

Que mediante auto del 24 de octubre de 2015  la Procuradora Regional de Atlántico ordenó remitir copia del cita Auto al  Ministerio del Interior para que por su conducto se designe Alcalde ad hoc para el municipio de Soledad, Atlántico para efectos de  que intervenga en el proceso electoral en lo que resulte pertinente;    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°;    

Que no obstante la autonomía consagrada a  favor de las entidades territoriales, el artículo 115 de la Carta Política  establece que forman parte de la Rama Ejecutiva del Poder Público, entre otras,  las alcaldías, y además atribuye al Presidente de la República la condición de  Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa, razón por  la cual, le corresponde velar por el estricto cumplimiento de la Constitución  Política y la ley, y dar las órdenes necesarias para su cumplida ejecución, de  acuerdo con los numerales 10 y 11 del artículo 189 de la Constitución Política;    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento  o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no  tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, acorde con lo  señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado en  conceptos de fecha del 6 de marzo de 2014, Radicado número  11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203), y del 19 de octubre de 2015, Radicado  número 11001-03-06-000-2015-00181-00 (2273);    

Que con el fin de dar cumplimiento a los  principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, y acatando el auto de  fecha 24 de octubre de 2015, proferido por la Procuradora Regional de  Atlántico, se hace necesario designar un Alcalde ad hoc  para el municipio de Soledad-Atlántico, para que presida la Comisión Municipal  para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales y actúe como  clavero, respecto de la jornada electoral a realizarse el 25 de octubre de  2015;    

Que en fecha 24 de octubre de 2015, el  doctor Juan Carlos Muñiz Pacheco, Secretaria de Hacienda de la Gobernación de  Atlántico, certificó la existencia de disponibilidad presupuestal para cubrir  los gastos de viajes y transporte del funcionario que sea designado Alcalde ad hoc en el municipio de Soledad-Atlántico;    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación. Desígnase como Alcaldesa  ad hoc del municipio de Soledad- Atlántico, a la  señora Eliana Patricia Avilez  Barrios, identificada con la cédula de ciudadanía número 32701621,  Subsecretaria de Despacho de la Secretaría de Educación de la Gobernación del  Atlántico, Código 045-05, para que presida la Comisión Municipal para la  Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales y actúe como clavero,  respecto de la jornada electoral a realizarse el 25 de octubre de 2015.    

Artículo 2°. Viáticos. La Gobernación de Atlántico sufragará los gastos de  viajes y transportes de la Alcaldesa ad hoc  designada, según certificación expedida por la Secretaría de Hacienda de esa  gobernación.    

Artículo 3°. Posesión. La Alcaldesa ad hoc  designada en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que  corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 4°. Comunicación. Comuníquese el contenido del presente decreto a la  Alcaldesa ad hoc, al Alcalde Municipal de Soledad-Atlántico  y a la Procuraduría Regional de Atlántico.    

Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 24 de octubre de  2015.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro del Interior,    

Juan Fernando  Cristo Bustos.    

               

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