DECRETO 2096 DE 2015

Decretos 2015

DECRETO 2096 DE 2015     

(octubre 23)    

D.O. 49.674, octubre 23  de 2015    

por el cual se  designa Alcalde ad hoc para el municipio de Sahagún-Córdoba.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en  particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante oficio del 19 de octubre de  2015, el Alcalde Municipal de Sahagún, Córdoba, señor  Carlos Alberto Elías Hoyos, se declaró impedido para presidir la Comisión  Municipal para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales y  actuar como clavero, que se adelantará con ocasión a las elecciones de  autoridades territoriales del próximo 25 de octubre de 2015, en razón a su  parentesco de cuarto grado de consanguineidad, con la  candidata Carmiña Elías Vidal, actual aspirante a lograr un escaño en la  Concejo Municipal de Sahagún, departamento de  Córdoba;    

Que mediante auto del 22 de octubre de 2015,  con Radicación R.C.002448/2015, el Procurador  Regional de Córdoba, aceptó el impedimento impetrado por el señor Carlos  Alberto Elías Hoyos, en su calidad de Alcalde Municipal de Sahagún-Córdoba,  para presidir la Comisión Municipal para la Coordinación y Seguimiento de los  Procesos Electorales y actuar como clavero, que se adelantará con ocasión a las  elecciones de autoridades territoriales del próximo 25 de octubre de 2015, y  remitió las diligencias al Ministerio del Interior, para que por su conducto la  Presidencia de la República designe funcionario ad hoc;    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°;    

Que no obstante la autonomía consagrada a  favor de las entidades territoriales, el artículo 115 de la Carta Política  establece que forman parte de la Rama Ejecutiva del Poder Público, entre otras,  las alcaldías, y además atribuye al Presidente de la República la condición de  Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa, razón por  la cual, le corresponde velar por el estricto cumplimiento de la Constitución  Política y la ley, y dar las órdenes necesarias para su cumplida ejecución, de  acuerdo con los numerales 10 y 11 del artículo 189 de la Constitución Política;    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento  o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no  tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, acorde con lo  señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado en  conceptos de fecha del 6 de marzo de 2014, Radicado número  11001-03-06-000-2014-00049-00(2203) y del 19 de octubre de 2015, Radicado  número 11001-03-06-000-2015-00181-00(2273);    

Que con el fin de dar cumplimiento a los  principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, y acatando el auto de  fecha 22 de octubre de 2015, proferido por el Procurador Regional de Córdoba,  se hace necesario designar un Alcalde ad hoc para el  municipio de Sahagún-Córdoba, para presidir la  Comisión Municipal para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos  Electorales y actuar como clavero, que se adelantará con ocasión a las  elecciones de autoridades territoriales del próximo 25 de octubre de 2015;    

Que en fecha 23 de octubre de 2015, la  doctora Elizabeth Calume Burgos, Secretaria de  Gestión Administrativa, de la Gobernación de Córdoba, certificó la existencia  de disponibilidad presupuestal para cubrir los gastos de viajes y transporte  del funcionario que sea designado Alcalde ad hoc en  el municipio de Sahagún-Córdoba;    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación. Desígnase como Alcalde ad  hoc del municipio de Sahagún-  Córdoba, al señor Alejandro José Anaya Sedán, identificado con la cédula de  ciudadanía número 10966554, quien se desempeña en el cargo Director  Administrativo con funciones en el programa de turismo y artesanías, de la  Gobernación de Córdoba, para presidir la Comisión Municipal para la  Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales y actuar como clavero,  que se adelantará con ocasión a las elecciones de autoridades territoriales del  próximo 25 de octubre de 2015.    

Artículo 2°. Viáticos. La Gobernación de Córdoba sufragará los gastos de  viajes y transportes del Alcalde ad hoc designado,  según certificación expedida por la Secretaria de Gestión Administrativa de la  Gobernación de Córdoba.    

Artículo 3°. Posesión. El Alcalde ad hoc designado  en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda,  en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 4°. Comunicación. Comuníquese el contenido del presente decreto al  Alcalde ad hoc, al Alcalde Municipal de Sahagún y a la Procuraduría Regional de Córdoba.    

Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 23 de octubre de  2015.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro del Interior,    

Juan Fernando  Cristo Bustos.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *