DECRETO 2070 DE 2016

Decretos 2016

DECRETO 2070 DE 2016     

(diciembre 19)    

D.O. 50.092, diciembre 19 de 2016    

por el cual se da  cumplimiento a una sanción disciplinaria impuesta al señor Óscar Raúl Iván  Flórez Chávez, en su condición de Gobernador del departamento de Casanare.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las  conferidas por el artículo 304 de la Constitución Política,  en concordancia con el artículo 172 de la Ley 734 de 2002, y    

CONSIDERANDO:    

Que la Procuraduría Delegada para la  Moralidad Pública de la Procuraduría General de la Nación, mediante fallo de  primera instancia del 29 de noviembre de 2013, proferido dentro del proceso disciplinario  radicado bajo el número IUS-286657 IUC-D-2010-650-225685, adelantado en contra  del señor Óscar Raúl Iván Flórez Chávez, identificado con la cédula de  ciudadanía número 19300804, en su condición de Gobernador del departamento de  Casanare, para la época de los hechos, impuso sanción disciplinaria consistente  en la destitución e inhabilidad general por un término de quince (15) años.    

Que la Sala Disciplinaria de la Procuraduría  General de la Nación, mediante providencia del 29 de septiembre de 2016,  aprobada en Acta de Sala número 28, dentro del expediente número 161-5854(IUS  2009-286657IUC-2010-650-225685), modificó parcialmente el fallo radicado bajo  el número IUS-286657 IUC- D-2010-650-225685 del 29 de noviembre de 2013,  emitido por la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública de la  Procuraduría General de la Nación, en el sentido de sancionar al señor Óscar  Raúl Iván Flórez Chávez, con destitución e inhabilidad general para desempeñar  cargos y funciones públicas por un término de doce (12) años.    

Que según constancia secretarial del 29 de  noviembre de 2016, suscrita por la Secretaria del Grupo de Asesores  Anticorrupción del Despacho del Procurador General de la Nación, la decisión  cobró ejecutoria el día 11 de noviembre de 2016, bajo el entendido que los  efectos jurídicos se surten a partir de la misma fecha.    

Que mediante oficio de salida número 197333  del 30 de noviembre de 2016, dirigido al Presidente de la República, la  Secretaria del Grupo de Asesores Anticorrupción del Despacho del Procurador  General de la Nación, remitió copia de las providencias de primera y segunda  instancias proferidas por la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública y  la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, respectivamente,  para que se haga efectiva la sanción impuesta al señor Óscar Raúl Iván Flórez  Chávez, en su condición de Gobernador del departamento de Casanare.    

Que en cumplimiento de lo ordenado por la  Procuraduría General de la Nación, es necesario hacer efectiva la medida de  destitución e inhabilidad general para desempeñar cargos y funciones públicas  por un término de doce (12) años, impuesta al señor Óscar Raúl Iván Flórez  Chávez, en su condición de Gobernador del departamento de Casanare para la  época de los hechos.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Sanción. Hacer efectiva la sanción disciplinaria consistente en  destitución e inhabilidad general para desempeñar cargos y funciones públicas  por un término de doce (12) años, impuesta al señor Óscar Raúl Iván Flórez  Chávez, identificado con la cédula de ciudadanía número 19300804, en su  condición de Gobernador del departamento de Casanare, para la época de los  hechos; en cumplimiento de lo ordenado por la Procuraduría Delegada para la  Moralidad Pública de la Procuraduría General de la Nación, en providencia de  fecha 29 de noviembre de 2013, proferida dentro del proceso disciplinario con  radicado IUS- 286657 IUC-D-2010-650-225685, confirmada por la Sala  Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, en fallo del 29 de  septiembre de 2016 dentro del expediente número 161-5854 (IUS  2009-286657IUC-2010-650-225685), de conformidad con lo señalado en la parte  motiva del presente decreto.    

Artículo 2°. Notificación. Notifíquese el contenido de este decreto al señor  Óscar Raúl Iván Flórez Chávez.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar el contenido de este decreto a la  Procuraduría General de la Nación y a la Gobernación del departamento de  Casanare, para que efectúe la sanción y realice las anotaciones en la hoja de  vida.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación y contra él no procede recurso alguno.    

Publíquese, notifíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.C., a 19 diciembre 2016.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro del Interior,    

Juan Fernando Cristo Bustos.    

               

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