DECRETO 2068 DE 2016

Decretos 2016

DECRETO 2068 DE 2016     

(diciembre 19)    

D.O. 50.092, diciembre  19 de 2016    

por el cual se reajustan los valores absolutos  del Impuesto sobre Vehículos Automotores de que trata el artículo 145 de la Ley  488 de 1998, para el año gravable 2017.    

Nota: Derogado por el  Decreto 2206 de 2017,  artículo 2º.    

El Presidente de la República de Colombia,  en uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere el parágrafo  1° del artículo 145 de la Ley 488 de 1998,    

CONSIDERANDO:    

Que de acuerdo con el parágrafo 1° del artículo  145 de la Ley 488 de 1998, los  valores absolutos que sirven de base para aplicar las tarifas del Impuesto  sobre Vehículos Automotores, deben ser reajustados anualmente por el Gobierno  nacional.    

Que de acuerdo con el artículo 3° de la Ley 242 de 1995, el  Gobierno nacional, al expedir normas que dispongan la actualización de valores  sujetos a su determinación por disposición legal, tendrá en cuenta la meta de  inflación como estimativo del comportamiento de los precios del año en que se  aplican dichos valores.    

Que la meta puntual de inflación para  efectos legales fijada por el Banco de la República para el año 2017, es del  tres por ciento (3%).    

DECRETA:    

DISPOSICIONES GENERALES    

Artículo 1°. A partir del primero (1°) de enero  del año dos mil diecisiete (2017), los valores absolutos para la aplicación de  las tarifas del Impuesto sobre Vehículos Automotores de que trata el artículo  145 numeral primero de la Ley 488 de 1998, serán  los siguientes:    

1. Vehículos particulares:    

a) Hasta $43.953.000                    

1,5%   

b) Más de $43.953.000 y hasta $98.893.000                    

2,5%   

c) Más de $98.893.000                    

3,5%    

Artículo 2°. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean  contrarias, en especial el Decreto número  2385 de 2015.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de diciembre de  2016.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Mauricio Cárdenas Santamaría.    

               

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