DECRETO 202 DE 2016
(febrero 10)
D.O. 49.782, febrero 10 de 2016
por el cual se convoca al Congreso de la República a Sesiones Extraordinarias.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 138 y 200 numeral 2 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que según el inciso 3° del artículo 138 de la Constitución Política, “También se reunirá el Congreso en Sesiones Extraordinarias, por convocatoria del Gobierno y durante el tiempo que este señale”;
Que conforme con lo dispuesto en el inciso 4° del artículo 138 ibídem, “En el curso de ellas sólo podrá ocuparse en los asuntos que el Gobierno someta a su consideración, (…)”;
Que de conformidad con el artículo 200 de la Constitución Política, corresponde al Gobierno, en relación con el Congreso, “convocarlo a sesiones extraordinarias”;
Que el Gobierno nacional ha considerado prioritario convocar al Congreso de la República a Sesiones Extraordinarias para darle trámite legislativo a un proyecto de ley de iniciativa gubernamental, “por medio de la cual se modifica el artículo 8° de la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por las Leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006, 1421 de 2010 y 1738 de 2014” que será radicado el primer día de inicio de tales sesiones;
Que de acuerdo con lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Convócase al Honorable Congreso de la República a Sesiones Extraordinarias desde el 16 de febrero hasta el 15 de marzo de 2016.
Artículo 2°. Durante el período de Sesiones Extraordinarias señalado en el artículo 1°, el Honorable Congreso de la República se ocupará del trámite legislativo del proyecto de ley de iniciativa gubernamental, “por medio de la cual se modifica el artículo 8° de la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por las Leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006, 1421 de 2010 y 1738 de 2014”, que será radicado el primer día de inicio de tales sesiones.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 10 de febrero de 2016.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro del Interior,
Juan Fernando Cristo Bustos.