DECRETO 1951 DE 2015
(octubre 5)
D.O. 49.656, octubre 5 de 2015
por el cual se modifica la planta de personal de la Superintendencia Financiera de Colombia.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial, de las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Superintendencia Financiera de Colombia presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto ley 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Que la Superintendencia Financiera de Colombia para el propósito de modificar su planta de personal cuenta con el concepto favorable de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
DECRETA:
Artículo 1°. Supresión de cargos. Suprímense de la planta de personal de la Superintendencia Financiera de Colombia los siguientes cargos:
Número de cargos
Denominación
Código
Grado
DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE
1 (UNO)
SECRETARIO EJECUTIVO
4210
22
PLANTA GLOBAL
1 (UNO)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
15
1 (UNO)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
09
Artículo 2°. Creación de cargos. Créanse en la planta de personal de la Superintendencia Financiera de Colombia los siguientes cargos:
Número de cargos
Denominación
Código
Grado
DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE
1 (UNO)
CONDUCTOR MECÁNICO
4103
17
1 (UNO)
SECRETARIO EJECUTIVO
4210
24
Artículo 3°. La provisión de los empleos de la Superintendencia Financiera de Colombia se hará de conformidad con las disposiciones previstas en la Ley 909 de 2004 y en el sistema específico de carrera administrativa de las superintendencias, regulado por el Decreto ley 775 de 2005 y el Decreto 1083 de 2015 y demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el artículo 3° del Decreto 4328 de 2005 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 5 de octubre de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Liliana Caballero Durán.