DECRETO 1936 DE 2016
(noviembre 30)
D.O. 50.073, noviembre 30 de 2016
por el cual se modifica el detalle del aplazamiento contenido en el Decreto número 1450 del 2 de julio de 2015.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de lo previsto en el artículo 91 de la Ley 1530 de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que el Acto Legislativo número 05 de 2011 modificó los artículos 360 y 361 de la Constitución Política constituyendo el Sistema General de Regalías;
Que atendiendo la facultad otorgada por la Constitución Política el Congreso de la República en virtud del artículo 360 de la Constitución Política, expidió la Ley 1530 de 2012 para regular la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías, y se dispuso en su artículo 152 que la Contraloría General de la República ejercerá la vigilancia y el control fiscales sobre los recursos del Sistema General de Regalías;
Que el parágrafo 1° del artículo 152 de la mencionada revistió al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias para que, en el término hasta de seis (6) meses contados a partir de la entrada en vigencia de la ley que regula el Sistema General de Regalías, expidiera normas con fuerza de ley para crear los empleos en la Contraloría General de la República necesarios para fortalecer la labor de vigilancia y el control fiscales de los recursos del Sistema;
Que el artículo 39 de la Ley 1744 de 2014, por la cual se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el Bienio del 1° de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2016, prorrogó la planta de la Contraloría General de la República, creada mediante Decreto número 1539 del 17 de julio de 2012, durante la vigencia 2015-2016;
Que el artículo 91 de la Ley 1530 de 2012 dispuso que en el evento en que el Ministerio de Minas y Energía evidencie una disminución en el recaudo de recursos del Sistema General de Regalías o una disminución sustantiva en sus proyecciones de ingresos contenidos en el Plan de Recursos, previo concepto de la Comisión Rectora, el Gobierno nacional podrá adelantar las reducciones y los aplazamientos correspondientes;
Que el Gobierno nacional previo concepto de la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías expidió el Decreto número 1450 de 2015 mediante el cual se aplazaron unas apropiaciones del Presupuesto del Sistema General de Regalías en la vigencia 2015-2016;
Que mediante Oficio número 2016EE0112026 del 2 de septiembre de 2016 la Contraloría General de la República solicitó el desaplazamiento de los recursos para cubrir la necesidad presupuestal de la planta temporal de regalías hasta el 31 de diciembre del 2016 y así dar cumplimiento a la Sentencia C-618 de 2015;
Que la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante el Radicado número 2-2016-040520 de 28 de octubre de 2016 requirió a la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías concepto previo no vinculante para proceder a levantar el aplazamiento por $7.000.000.000 al rubro “Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación – Contraloría General de la República” aplazando apropiaciones por el mismo monto a los demás rubros asignados en el Capítulo I de la Ley 1744 de 2014, para Gastos de Administración del Sistema General de Regalías”;
Que la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías en su Sesión XLI del 31 de octubre de 2016, emitió concepto previo favorable no vinculante para levantar el aplazamiento a favor del rubro Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación -Contraloría General de la República y aplazar apropiaciones por el mismo monto a otros subcapítulos de los Gastos de Administración del Sistema General de Regalías;
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Aplazar el presupuesto de gastos del Sistema General de Regalías del bienio 2015-2016, en la suma de siete mil millones de pesos ($7.000.000.000) moneda legal, según el siguiente detalle:
CAPÍTULO
8UBCAPÍTULO
SECCIÓN
CONCEPTO
VALOR
I
GASTOS DE ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS
7.000.000.000
1
FISCALIZACIÓN DE LA EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LOS YACIMIENTOS, Y CONOCIMIENTO Y CARTOGRAFÍA GEOLÓGICA DEL SUBSUELO
4.000.000.000
2101
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA 2101
(Distribución de los recursos, artículo 13 Ley 1530 de 2012)
4.000.000.000
2
SISTEMA DE MONITOREO, SEGUIMIENTO, CONTROL Y EVALUACIÓN
3.000.000.000
0301
DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN
3.000.000.000
Artículo 2°. Levantar el aplazamiento del presupuesto de gastos del Sistema General de Regalías del bienio 2015-2016, en la suma de siete mil millones de pesos ($7.000.000.000) moneda legal, según el siguiente detalle:
CAPÍTULO
SUBCAPÍTULO
SECCIÓN
CONCEPTO
VALOR
I
GASTOS DE ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS
7.000.000.000
2
SISTEMA DE MONITOREO, SEGUIMIENTO, CONTROL Y EVALUACIÓN
7.000.000.000
2601
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
7.000.000.000
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de noviembre de 2016.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
El Ministro de Minas y Energía,
Germán Arce Zapata.