DECRETO 1889 DE 2015

Decretos 2015

DECRETO 1889 DE 2015     

(septiembre 22)    

D.O. 49.643, septiembre  22 de 2015    

por el cual se  corrige el numeral 3 del artículo 2.4.1.4.5.4 del Decreto 1075 de 2015.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que  le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y  el Decreto Ley 1278  de 2002, y    

CONSIDERANDO:    

Que se expidió el Decreto 1757 de 2015,  cuyo objeto es reglamentar parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278  de 2002, la evaluación para ascenso de grado y reubicación de nivel salarial  que se aplicará a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones  desarrolladas entre los años 2010 y 2014 y no lograron el ascenso o la  reubicación salarial en cualquiera de los grados del Escalafón Docente.    

Que el Decreto 1757 de 2015  adicionó al Decreto 1075 de 2015  el artículo 2.4.1.4.5.4 que establece los requisitos para participar en la  evaluación de que trata el considerando anterior.    

Que en el numeral 3° del precitado artículo  se evidencia un error de digitación que hace necesaria su corrección para  efectos de que sea concordante con lo previsto en el artículo 21 del Decreto Ley 1278  de 2002 que consagra los requisitos para ascender y reubicarse en el  Escalafón Docente que regula dicha norma.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Corrección del numeral 3° del artículo 2.4.1.4.5.4. del Decreto 1075 de 2015.  El numeral 3° del artículo 2.4.1.4.5.4 del Decreto 1075 de 2015,  quedará así:    

“3. Para el caso de ascenso de grado,  acreditar debidamente en su hoja de vida el título académico exigido para los  grados 2 y 3”.    

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

JUAN MANUEL  SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Mauricio Cárdenas  Santamaría.    

La Ministra de Educación Nacional,    

Gina Parody  D´Echeona.    

               

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