DECRETO 1864 DE 2014

Decretos 2014

DECRETO 1864 DE 2014

 (septiembre 26)

 D.O. 49.286, septiembre 26 de 2014

 por el cual se delegan unas funciones constitucionales.

 Nota: Derogado por el Decreto 2535 de 2014, artículo 2º y por el Decreto 1881 de 2014, artículo 2º.

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la República se trasladará el día 30 de septiembre en horas de la mañana, a la Ciudad de Iquitos – (República del Perú), con el fin de participar en el Encuentro Presidencial y Primer Gabinete Binacional Colombia – Perú.

Que el regreso se realizará el mismo día 30 de septiembre de 2014, en horas de la noche.

Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en la ley, el Ministro de Defensa Nacional, está habilitado para ejercer las funciones constitucionales y legales como Ministro Delegatario.

DECRETA:

Artículo 1°. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse en el Ministro de Defensa Nacional, doctor Juan Carlos Pinzón Bueno, las funciones legales y las correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales:

1. Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2; 303, 304, 314 y 323.

2. Artículo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.

3. Artículos 163, 165 y 166.

4. Artículos 200 y 201.

5. Artículos 213, 214 y 215.

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de septiembre de 2014.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

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