DECRETO 1858 DE 2014
(septiembre 26)
D.O. 49.286, septiembre 26 de 2014
por el cual se hace efectiva una sanción disciplinaria impuesta al ex Notario Segundo del Círculo de Pereira.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial la que le confiere el numeral 3 del artículo 172 de la Ley 734 de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto número 3778 de 27 de octubre de 2006, se nombró en encargo como Notario Segundo del Círculo de Pereira, al doctor Juvenal Castillo Ruiz, identificado con la cédula de ciudadanía número 19306638 expedida en Bogotá, quien ejerció sus funciones hasta el día 7 de mayo de 2009, por la designación en propiedad como Notario Segundo del Círculo de Pereira, del doctor Francisco Javier Cedeño Rojas, mediante el Decreto número 867 del 16 de marzo de 2009.
Que con la Resolución número 3074 del 18 de marzo de 2014, dictada dentro del proceso número 76 de 2009, la Superintendente Delegada para el Notariado sancionó con destitución, al doctor Juvenal Castillo Ruiz, en su calidad de Notario Segundo de Pereira, para la época de los hechos.
Que mediante la Resolución número 6523 del 10 de junio de 2014, dictada dentro del mencionado proceso el Superintendente de Notariado y Registro confirmó la sanción de destitución impuesta mediante la Resolución número 3074 del 18 de marzo de 2014 al doctor Juvenal Castillo Ruiz.
Que según consta en la anotación consignada en la copia de la Resolución número 6523 del 10 de junio de 2014, esta providencia quedó debidamente ejecutoriada el 19 de junio de 2014.
Que la Secretaria General de la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante oficio SNR2014EE017941 del 19 de junio de 2014, radicado en el Ministerio de Justicia y del Derecho bajo el EXT14-0021579 el 25 de los mismos, remitió al señor Ministro, fotocopia de las Resoluciones números 3074 del 18 de marzo y 6523 del 10 de junio de 2014, a efecto de ejecutar la sanción de conformidad con lo establecido en el artículo 172 de la Ley 734 de 2002.
Que conforme al numeral 3 del artículo 172 de la Ley 734 de 2002, corresponde al nominador hacer efectivas las sanciones disciplinarias que se impongan a los servidores públicos de libre nombramiento y remoción o de carrera.
Que con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Superintendencia de Notariado y Registro, se hace necesario hacer efectiva la sanción de destitución, impuesta al doctor Juvenal Castillo Ruiz, como ex Notario Segundo del Círculo de Pereira.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Destitución. Hacer efectiva la sanción de destitución, impuesta al doctor Juvenal Castillo Ruiz, identificado con la cédula de ciudadanía número 19306638 expedida en Bogotá, en su calidad de ex Notario Segundo del Círculo de Pereira, en cumplimiento de la Resolución número 3074 del 18 de marzo de 2014, proferida por la Superintendencia Delegada para el Notariado, en fallo de primera instancia, dentro del proceso número 76 de 2009, confirmada mediante la Resolución número 6523 del 10 de junio de 2014 proferida por el Superintendente de Notariado y Registro, de conformidad con lo establecido en la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. Comunicación. Comuníquese el contenido del presente decreto a la Superintendencia de Notariado y Registro, a la Procuraduría General de la Nación y al doctor Juvenal Castillo Ruiz.
Artículo 3°. Vigencia y recursos. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y contra el cual no procede ningún recurso, de conformidad con lo señalado en el artículo 49 del Código Contencioso Administrativo.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de septiembre de 2014.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Yesid Reyes Alvarado.