DECRETO 1786 DE 2016
(noviembre 10)
D.O. 50.053, noviembre 10 de 2016
por el cual se concede una prórroga para la posesión de un Notario.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 2.2.6.1.5.3.4., del Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno nacional mediante Decreto número 1602 de 11 de octubre de 2016 nombró al señor Henry Cadena Franco, identificado con cédula de ciudadanía número 16619476 de Cali, como notario sesenta (60) en Propiedad del Círculo Notarial de Bogotá.
Que mediante comunicación de 14 de octubre de 2016, el señor Henry Cadena Franco, aceptó el nombramiento en Propiedad como notario sesenta (60) del Círculo Notarial de Bogotá.
Que la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante Resolución número 11554 de 20 de octubre de 2016, en virtud del artículo 60 del Decreto 2148 de 1983 compilado en el artículo 2.2.6.1.5.3.1 del Decreto 1069 del 25 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, confirmó el nombramiento del señor Henry Cadena Franco, como notario sesenta (60) en Propiedad del Círculo Notarial de Bogotá.
Que la Dirección de Administración Notarial de la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante correo electrónico del 20 de octubre de 2016 remitió al Ministerio de Justicia y del Derecho, los documentos necesarios para las posesiones que debían adelantarse entre los cuales se encontraban los documentos del señor Henry Cadena Franco.
Que en escrito de 21 de octubre de 2016, el señor Henry Cadena Franco solicitó que se le concediera prórroga de hasta 30 días adicionales para tomar posesión del cargo como notario sesenta (60) en Propiedad del Círculo Notarial de Bogotá, debido a que actualmente ejerce el cargo de magistrado de la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, al que afirma renunciar la próxima semana.
Que el artículo 2.2.6.1.5.3.4. del Decreto 1069 del 25 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, establece que: “El notario tomará posesión del cargo dentro de los diez (10) días siguientes a aquel en que reciba la confirmación del nombramiento si ya se inició el periodo legal, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado o prórroga hasta de 30 días concedida justificadamente por quien hizo la designación”.
Que la petición del señor Henry Cadena Franco, se encuentra ajustada a las disposiciones señaladas anteriormente, razón por la cual es procedente conceder la prórroga solicitada.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Prórroga. Prorrógase el término para tomar posesión del cargo de notario sesenta (60) en Propiedad del Círculo Notarial de Bogotá, al señor Henry Cadena Franco, identificado con cédula de ciudadanía número 16619476 de Cali, hasta el día veintiuno (21) de diciembre de 2016, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.
Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 10 de noviembre de 2016.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Jorge Eduardo Londoño Ulloa.