DECRETO 1719 DE 2016

Decretos 2016

DECRETO  1719 DE 2016    

D.O. 50.038, octubre 26 de 2016    

(octubre 26)    

por el cual se designa Ministro  de Comercio, Industria y Turismo ad hoc.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales  y legales, en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 189 de la Constitución Política y  la Ley 63 de 1923, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Consejo de  Ministros, en sesión del 24 de octubre de 2016, con fundamento en el principio  de verdad sabida y buena fe guardada consagrado en el artículo 8° de la Ley 63 de 1923, aceptó  el impedimento manifestado por la Ministra de Comercio, Industria y Turismo,  doctora María Claudia Lacouture Pinedo, para actuar  en representación del    

 Gobierno nacional en el Fondo de Fomento Palmero y en el  Fondo de Estabilización de Precios para el Palmiste,  el Aceite de Palma y sus Fracciones;    

Que el artículo 8° de la Ley 63 de 1923 dispone  que, en caso de que el Ministro recusado o cuyo impedimento fuese aceptado  hubiere de separarse del conocimiento del negocio, será el Presidente de la  República quien adscriba la decisión del asunto a otro cualquiera de los  ministros del despacho;    

Que el Presidente de la  República, con fundamento en el artículo 8° de la Ley 63 de 1923,  determinó nombrar como Ministro de Comercio, Industria y Turismo ad hoc, al  doctor Alejandro Gaviria Uribe,    

DECRETA:    

Artículo 1. Nómbrese como  Ministro de Comercio, Industria y Turismo ad hoc al Ministro de Salud y Protección  Social, doctor Alejandro Gaviria Uribe, identificado con la cédula de  ciudadanía número 70565138, para actuar en representación del Gobierno nacional  en el Fondo de Fomento Palmero y en el Fondo de Estabilización de Precios para  el Palmiste, el Aceite de Palma y sus Fracciones.    

Artículo 2. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de  octubre de 2016.    

JUAN  MANUEL SANTOS CALDERON    

               

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