DECRETO 1712 DE 2016

Decretos 2016

DECRETO  1712 DE 2016     

D.O. 50.038, octubre 26 de 2016    

(octubre 26)    

por el cual se concede la Cruz  Cívica del Mérito Asistencial y Sanitario Jorge Bejarano a los empleados y al  equipo médico y asistencial de la Fundación Hospital de la Miseri­cordia.    

El  Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones  constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 11 del  artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 2.10.3.2 del Decreto 780 de 2016,  en desarrollo de la Ley 12 de 1963, y    

CONSIDERANDO:    

Que la  Condecoración Cruz de Salud y Mérito Asistencial fue creada por la Ley 12 de 1963, la cual  será adjudicada a aquellas personas naturales o jurídicas que se distingan por  los servicios prestados a la salud pública colombiana.    

Que el  Título 3 de la Parte 10, del Libro 2 del Decreto 780 de 2016,  Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social reglamentó las  categorías, requisitos para su adjudi­cación y demás características de la  condecoración Cruz Cívica del Mérito Asistencial y Sanitario Jorge Bejarano.  Con ella se destacan y estimulan los servicios eminentes, la con­ducta  intachable y la perseverancia, de personas naturales y/o jurídicas, públicas o  privadas, nacionales, extranjeras y/o internacionales, dedicadas al bien común  y a la salud pública.    

Que la  Cruz Cívica al Mérito Asistencial y Sanitario Jorge Bejarano en la categoría  Bronce se otorga a quienes hayan ejercido cargos de salud y asistencia pública,  con com­petencia, consagración y conducta ejemplares.    

Que la  entidad Promotora de Salud Convida EPS, a través de su Gerente General postuló  para esta distinción a la Fundación Hospital de la Misericordia, atendiendo lo  dispuesto en el artículo 2.10.3.5 del Decreto 780 de 2016,  por cuanto han sido testigos de los servicios a favor del bien común y la salud  pública, desplegados por la referida fundación.    

Que la  Fundación Hospital de la Misericordia cuenta con empleados y equipo médico y  asistencial que se han destacado por el servicio a la comunidad, invaluable  labor en la atención de enfermedades de los niños, en especial, las  especialidades de oncología, neuropediatría,  nefrología, gastroenterología, reumatología, oncohematología  pediátrica y neumología, permitiendo su acceso a servicios de salud con calidad  y tecnología, así como a programas de educación y promoción en salud con  participación social, progra­mas educativos para las nuevas generaciones de  profesionales de la salud y programas de investigación en los campos de la  clínica, con el propósito de mejorar las condiciones de salud y vida de los  colombianos.    

Que es  deber del Gobierno nacional exaltar los valores destacados de las personas e  instituciones que con sus iniciativas o acciones han prestado al país  excepcionales servicios en el campo de la salud pública, con el fin de  honrarlas y estimularlas.    

En mérito  de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo  1. Conceder la Cruz Cívica del Mérito Asistencial y Sanitario Jorge Bejarano, en  la categoría de Bronce a los empleados y al equipo médico y asistencial de la  Fundación Hospital de la Misericordia, insigne institución que nace en el  corazón de la Señora María Josefa Cualla y es fundada  por su esposo el doctor José Ignacio Barberi, destacándose  por el servicio a la comunidad con un trato humanizado, perseverante, de  invaluable labor en beneficio de la atención en salud con calidad y  oportunidad, constante desarrollo institucional, diversificación tecnológica y  la formación de talento humano en salud.    

Artículo  2. La condecoración otorgada en el artículo anterior, le será impuesta al Re­presentante  Legal de la Fundación Hospital de la Misericordia, en representación de sus  empleados y equipo médico y asistencial, en ceremonia solemne presidida por el  Ministro de Salud y Protección Social.    

Artículo  3. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 26 de octubre de 2016.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El  Ministro de Salud y Protección Social, Alejandro Gaviria Uribe    

               

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