DECRETO 1709 DE 2016

Decretos 2016

DECRETO  1709 DE 2016     

D.O. 50.038, octubre 26 de 2016    

(octubre 26)    

por el cual se concede la Cruz  Cívica del Mérito Asistencial y Sanitario Jorge Bejarano al doctor Luis  Fernando Correa Serna.    

El Presidente  de la Republica de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y  legales, en especial de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 2.10.3.2 del Decreto 780 de 2016,  en desarrollo de la Ley 12 de 1963, y    

CONSIDERANDO:    

Que la  Condecoración Cruz de Salud y Mérito Asistencial fue creada por la Ley 12 de 1963, la cual  será adjudicada a aquellas personas naturales o jurídicas que se distingan por  los servicios prestados a la salud pública colombiana.    

Que el  Título 3 de la Parte 10, del Libro 2 del Decreto 780 de 2016,  Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social reglamentó las  categorías, requisitos para su adjudicación y demás características de la  condecoración “Cruz Cívica del Mérito Asistencial y Sanitario Jorge Bejarano”.  Con ella se destacan y estimulan los servicios eminentes, la conducta  intachable y la perseverancia, de personas naturales y/o jurídicas, públicas o  privadas, nacionales, extranjeras y/o internacionales, dedicadas al bien común  y a la salud pública.    

Que la  Cruz Cívica al Mérito Asistencial y Sanitario Jorge Bejarano en la categoría  Bronce se otorga a quienes hayan ejercido cargos de salud y asistencia pública,  con com­petencia, consagración y conducta ejemplar.    

Que la  Dirección Territorial de Caldas sometió a consideración del Gobierno nacional  la postulación para esta distinción al doctor Luis Fernando Correa Serna,  atendiendo lo dispuesto en el artículo 2.10.3.5 del Decreto 780 de 2016,  por cuanto han sido testigos del trabajo arduo, dedicado y comprometido que el  postulado, en más de veinte (20) años de experiencia en las regiones de  Colombia, ha desarrollado.    

Que el  doctor Correa Serna ha prestado invaluables servicios al país desde las  diferentes posiciones que ha ocupado en los entonces Ministerios de Salud y en  el hoy Ministerio de Salud y Protección Social, particularmente su presencia  permanente en las regiones coordinando y brindando atención a las poblaciones  afectadas por emergencias y desastres.    

Que el  doctor Correa Serna ha sido un abanderado en la construcción de sistemas de  supervisión y mejora de calidad, manejo de riesgo y prevención de desastres,  así como un promotor del fortalecimiento de la gestión de los servicios de  atención de urgencias.    

Que es  deber del Gobierno nacional exaltar los valores destacados de las personas e  instituciones que con sus iniciativas o acciones han prestado al país  excepcionales servicios en el campo de la salud pública, con el fin de honrarlas  y estimularlas.    

En mérito  de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo  1. Conceder la Cruz Cívica del Mérito Asistencial y Sanitario Jorge Bejara­no,  en la categoría de Bronce al doctor Luis Fernando Correa Serna, quien  constituye un ejemplo para las nuevas generaciones de profesionales de la salud  que tienen en su eficaz desempeño el mejor ejemplo a seguir.    

Artículo  2. La condecoración otorgada en el artículo anterior, le será impuesta al  doctor Luis Fernando Correa Serna, en ceremonia solemne presidida por el  Ministro de Salud y Protección Social.    

Artículo  3. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 26 de octubre de 2016.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro  de Salud y Protección Social, Alejandro Gaviria Uribe.    

               

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