DECRETO 1708 DE 2016
D.O. 50.038, octubre 26 de 2016
(octubre 26)
por el cual se concede la Cruz Cívica del Mérito Asistencial y Sanitario Jorge Bejarano a la doctora María Teresa Forero de Saade.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 2.10.3.2 del Decreto 780 de 2016, en desarrollo de la Ley 12 de 1963, y
CONSIDERANDO:
Que la Condecoración Cruz de Salud y Mérito Asistencial fue creada por la Ley 12 de 1963, la cual será adjudicada a aquellas personas naturales o jurídicas que se distingan por los servicios prestados a la salud pública colombiana.
Que el Título 3 de la Parte 10, del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social reglamentó las categorías, requisitos para su adjudicación y demás características de la condecoración “Cruz Cívica del Mérito Asistencial y Sanitario Jorge Bejarano”. Con ella se destacan y estimulan los servicios eminentes, la conducta intachable y la perseverancia, de personas naturales y/o jurídicas, públicas o privadas, nacionales, extranjeras y/o internacionales, dedicadas al bien común y a la salud pública.
Que la Cruz Cívica al Mérito Asistencial y Sanitario Jorge Bejarano en la categoría Oro es extraordinaria y se otorga solamente en casos y por merecimientos excepcionales.
Que la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas, a través de su Director General, consciente de la importancia que tiene la exaltación de los valores destacados de las personas e instituciones que prestan servicios en favor del bien común y de la salud pública, postuló para esta distinción a la doctora María Teresa Forero de Saade, atendiendo lo dispuesto en el artículo 2.10.3.5 del Decreto 780 de 2016, por cuanto han sido testigos de su esfuerzo, dedicación y liderazgo en el sector salud y de los lustros dedicados a enseñar y a construir propuestas que contribuyan al bienestar y salud de los colombianos.
Que la doctora Forero de Saade se ha destacado en los campos de la Seguridad Social relacionados con la protección, cuidado y preservación de la salud de los colombianos, en especial de los trabajadores y en su calidad de Ministra de Trabajo y Seguridad Social y de Salud aportó al país importantes desarrollos institucionales y contribuyó a resolver los principales problemas en el campo de las relaciones laborales y en la protección y atención de esta población.
Que la doctora María Teresa Forero ha sido una impulsora permanente de acciones destinadas a ampliar las coberturas en la afiliación, atención, cuidado y preservación de la salud, especialmente de las mujeres y los niños, apoyando la implementación del Sistema General de Seguridad Social en Salud el cual está destinado a mejorar entre otras la salud de los colombianos, especialmente de las poblaciones más pobres y vulnerables.
Que es deber del Gobierno nacional exaltar los valores destacados de las personas e instituciones que con sus iniciativas o acciones han prestado al país excepcionales servicios en el campo de la salud pública, con el fin de honrarlas y estimularlas.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Conceder la Cruz Cívica del Mérito Asistencial y Sanitario Jorge Bejarano, en la categoría de Oro a la doctora María Teresa Forero de Saade, quien se ha destacado por el servicio a la comunidad, su profunda convicción ética e invaluable labor como servidora pública, contribuyendo a resolver los principales problemas del país.
Artículo 2. La condecoración otorgada en el artículo anterior, le será impuesta a la doctora María Teresa Forero de Saade, en ceremonia solemne presidida por el Presidente de la República.
Artículo 3. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.C., a 26 de octubre de 2016.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Salud y Protección Social, Alejandro Gaviria Uribe.