DECRETO 1678 DE 2016

Decretos 2016

DECRETO 1678 DE 2016    

(octubre 21)    

D.O. 50.033, octubre  21 de 2016    

por el cual se modifica la  estructura de Positiva Compañía de Seguros S. A.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el  numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,    

CONSIDERANDO:    

Que la Junta Directiva de Positiva Compañía de Seguros S.  A., decidió someter a aprobación del Gobierno nacional, la modificación de su  estructura, de acuerdo con las Actas número 576 y 577 del 2 y 15 de diciembre  de 2015, respectivamente.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Estructura. La estructura de Positiva Compañía de Seguros S. A., será la siguiente:    

1. Asamblea General de Accionistas    

2. Junta Directiva    

3. Presidencia    

3.1. Oficina de Estrategia y Desarrollo    

3.2. Oficina de Gestión Integral de Riesgos    

3.3. Oficina de Control Interno    

3.4 Oficina de Control Disciplinario    

3.5. Oficina de Tecnologías de la Información    

3.6. Vicepresidencia de Negocios    

3.6.1 Gerencias Sucursales    

3.7. Vicepresidencia Técnica    

3.8. Vicepresidencia Operaciones    

3.9. Vicepresidencia de Promoción y Prevención    

3.10. Vicepresidencia de Inversiones    

3.11. Vicepresidencia Financiera y Administrativa    

3.12. Secretaría General y Jurídica    

4. Órganos de Asesoría y Coordinación.    

Artículo 2°. Asamblea General de Accionistas y Junta  Directiva. Corresponde a la Asamblea General de  Accionistas y a la Junta Directiva el ejercicio de las funciones previstas en  la ley o en los estatutos.    

Artículo 3°. Presidencia: Además de las funciones consagradas en los Estatutos de la Compañía  corresponde al Presidente:    

1. Formular las políticas generales y fijar los planes y  programas de la Compañía, en armonía con las directrices de la Asamblea General  de Accionistas y la Junta Directiva.    

2. Presentar a consideración y aprobación de la Junta  Directiva el proyecto de presupuesto de ingresos y gastos y sus modificaciones,  de acuerdo con las disposiciones orgánicas y reglamentarias sobre la materia.    

3. Dirigir y controlar la adecuada ejecución y desarrollo  de los procesos de la Compañía, de acuerdo con las directrices que imparta la  Junta Directiva.    

4. Dirigir las políticas y estrategias de comunicación  interna y externa.    

5. Determinar el número, denominación y adscripción de  las Gerencias de Área y de adscripción de las Gerencias de Sucursal atendiendo  el modelo de presencia adoptado por la Compañía, de acuerdo con las directrices  de la Junta Directiva    

6. Crear los grupos internos de trabajo que se requieran.    

7. Proponer a la Junta Directiva la modificación de la  estructura administrativa de la Compañía cuando la necesidad del servicio así  lo demande.    

8. Ejercer la facultad nominadora, de acuerdo con las  disposiciones legales, cuya competencia no corresponda a otra autoridad.    

9. Fijar las escalas salariales de los trabajadores  oficiales de la Compañía, atendiendo la normatividad vigente y las directrices  de la Junta Directiva.    

10. Adoptar los manuales de la Compañía cuya competencia  no corresponda a la Junta Directiva.    

11. Decidir en segunda instancia los procesos  disciplinarios, de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia.    

12. Liderar la planeación, implementación, revisión y  perfeccionamiento del Sistema Integral de Gestión de la Compañía.    

13. Dirigir el proceso de identificación, medición y  control de los riesgos operativos.    

14. Las demás que señale la Junta Directiva y la Asamblea  de Accionistas.    

Artículo 5°. Oficina de Estrategia y Desarrollo: Son funciones de la Oficina de Estrategia y Desarrollo,  las siguientes:    

1. Asesorar al Presidente y a las demás dependencias de la  Compañía en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación del  direccionamiento estratégico institucional, así como las políticas, planes,  programas y proyectos orientados al cumplimiento de los objetivos  institucionales de la Compañía.    

2. Asesorar al Presidente de la Compañía en la definición, desarrollo  y medición de los modelos de negocio y de operación y garantizar la  articulación y mantenimiento del Sistema Integrado de Gestión con los objetivos  y estrategias definidas para la Compañía.    

3. Definir directrices, metodologías e instrumentos para la  formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes, programas y  proyectos de la Compañía.    

4. Elaborar, en coordinación con las dependencias de la Compañía  el plan estratégico institucional y el portafolio de proyectos de Inversión  para que el Presidente de la Compañía, lo someta a aprobación de la Junta  Directiva.    

5. Administrar y promover el desarrollo, implementación y  sostenibilidad del Modelo Integrado de Planeación y Gestión sectorial.    

6. Definir las políticas, directrices y lineamientos para la  medición de la gestión insti-tucional y establecer, conjuntamente con las  dependencias de la Compañía, los indicadores y metas para garantizar el  cumplimiento de los objetivos en los niveles estratégico, táctico y operativo  de la Compañía.    

7. Definir y difundir las políticas, directrices y lineamientos  del gobierno de datos de la Compañía, a través de principios, procedimientos,  etapas, determinación de roles y asignación de responsabilidades.    

8. Asesorar a las diferentes áreas y procesos de la Compañía en  la construcción de definiciones de datos e información, métricas de calidad de  datos, adopción de estándares de información y creación de componentes de  información.    

9. Definir políticas y estrategias orientadas al aseguramiento  de la confiabilidad, la veracidad y la protección de datos.    

10. Administrar los datos analíticos de la Compañía, generando  información inteligente que apoye el direccionamiento estratégico y la toma de  decisiones de las diferentes áreas.    

11. Coordinar y establecer los lineamientos del Modelo de  Sostenibilidad Corporativa en materia ambiental, social y económica. 12.  Garantizar que los procesos de la Oficina respondan a los lineamientos  establecidos en el sistema integral de gestión de la Compañía.    

13. Las demás funciones asignadas que correspondan a la  naturaleza de la dependencia.    

Artículo 6°. Oficina de  Gestión Integral de Riesgos: Son funciones de la Oficina de Gestión  Integral de Riesgos, las siguientes:    

 1. Dirigir la identificación,  medición y control de los riesgos del negocio, así como los asociados a la  administración del portafolio de inversiones de la Compañía.    

2. Proponer e informar al Comité de Inversiones y Riesgos o a la  Junta Directiva, políticas y límites a las posiciones en Riesgo del portafolio  de inversiones, así como indicadores de alerta temprana y promover planes de  acción.    

3. Proponer y presentar los manuales de administración de  riesgos para la aprobación de la Junta Directiva de la Compañía.    

4. Orientar la evaluación de los riesgos para la participación  de la Compañía en los nuevos productos y mercados financieros.    

5. Coordinar con las demás dependencias de la Compañía, la  elaboración de los reportes relacionados con los niveles de riesgos asumidos,  excesos sobre límites y operaciones fuera de condiciones del mercado, para ser  presentados a las instancias competentes.    

 6. Coordinar la revisión  y evaluación periódica de las metodologías de valoración de instrumentos  financieros, haciendo las recomendaciones a que haya lugar.    

7. Definir las estrategias y políticas para la Administración de  Seguridad de la Informa-ción de la Compañía y de las partes interesadas que  administren información de los clientes de Positiva Compañía de Seguros S. A., o  en su nombre. 8. Identificar las áreas de riesgo sobre las cuales se debe  priorizar tratamiento, atendiendo a los mapas de riesgo de cada proceso de la  Compañía.    

9. Hacer seguimiento y control a la administración de la  información de eventos de riesgo, no conformidades y acciones correctivas, de  acuerdo con las disposiciones estable-cidas por los entes reguladores.    

10. Verificar el cumplimiento del régimen de inversiones, normas  aplicables y límites autorizados por la Junta Directiva, para la conformación y  administración del portafolio de inversiones y comunicar de manera formal el  resultado del mismo.    

11. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado  de Gestión Institucional.    

12. Garantizar que los procesos de la Oficina respondan a los  lineamientos establecidos en el sistema integral de gestión de la Compañía.    

13. Las demás funciones asignadas que correspondan a la  naturaleza de la dependencia.    

Artículo 7°. Oficina de  Control Interno: Son funciones de la Oficina de Control Interno, las  siguientes:    

 1. Planear, dirigir y  organizar la verificación y la evaluación del Sistema de Control Interno de  Positiva Compañía de Seguros S. A.    

2. Verificar que el Sistema de Control Interno esté formalmente  establecido dentro de la Compañía y que su ejercicio sea intrínseco al  desarrollo de las funciones de todos los cargos y en particular de aquellos que  tengan responsabilidad de mando.    

3. Constatar que los controles definidos para los procesos y  actividades de la Compañía se cumplan por parte de los responsables de su  ejecución.    

4. Verificar que los controles asociados a las actividades de la  Compañía, estén definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente.    

5. Hacer seguimiento al cumplimiento de las leyes, normas, políticas,  procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la Compañía y  recomendar los ajustes necesarios.    

6. Asesorar a los servidores de la Compañía  en el proceso de toma de decisiones para obtener los resultados esperados.    

7. Verificar los procesos relacionados con  el manejo de los recursos, bienes y sistemas de información de la Compañía y  recomendar los correctivos a que haya lugar.    

8. Fomentar la cultura del autocontrol que  contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión  institucional.    

9. Evaluar y verificar la aplicación de los  mecanismos de participación ciudadana, que adopte la Compañía.    

10. Mantener permanentemente informados a  los directivos acerca del estado del Control Interno dentro de la Compañía,  dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento.    

11. Publicar un informe del estado del  Control Interno de la Compañía en la página web, de acuerdo con lo establecido  en la normatividad vigente.    

12. Asesorar a las dependencias de la  Compañía en la adopción de acciones de mejoramiento y recomendaciones de los  entes de control.    

13. Evaluar la gestión de las dependencias  encargadas de recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias, reclamos y  denuncias, y rendir al Presidente de la Compañía un informe semestral.    

14. Poner en conocimiento de los organismos  competentes, la comisión de hechos presuntamente irregulares que conozca en  desarrollo de sus funciones.    

15. Actuar como interlocutor con los  organismos de control en desarrollo de las auditorías que practiquen en la  Compañía, y en la recepción, coordinación, preparación y entrega de la  información requerida.    

16. Desarrollar programas de auditoría y  formular las observaciones y recomendaciones pertinentes.    

17. Participar en el proceso de  identificación, medición y control de riesgos operativos relacionados con los  procesos que se desarrollan en la Oficina y verificar las acciones,  tratamientos y controles implementados.    

18. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del  Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

19. Las demás funciones asignadas que  correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 8°. Oficina de Control Disciplinario: Son funciones de la Oficina de  Control Disciplinario, las siguientes:    

1. Administrar, asesorar, conocer y atender  de manera integral lo previsto en la Ley 734 de 2002 y  demás normas complementarias relacionadas con el Régimen Disciplinario  aplicable a todos los funcionarios.    

2. Adelantar y resolver en primera instancia  todos los procesos disciplinarios respecto de aquellas conductas en que  incurran los servidores en el ejercicio de sus funciones y ex funcionarios, que  afecten la correcta prestación del servicio y el cumplimiento de los fines y  funciones.    

3. Coordinar las políticas, planes y  programas de prevención y orientación que minimicen la ocurrencia de conductas  disciplinables.    

4. Llevar los archivos y registros de los  procesos disciplinarios adelantados contra los servidores públicos de  competencia de esta Oficina.    

5. Vigilar que los procesos disciplinarios  se desarrollen dentro de los principios legales de economía, celeridad,  eficacia, imparcialidad y publicidad, buscando así salvaguardar el derecho a la  defensa y el debido proceso.    

6. Poner en conocimiento de los organismos  de vigilancia y control, la comisión de hechos presuntamente irregulares que  surjan del proceso disciplinario.    

7. Trasladar oportunamente el expediente al  despacho del Presidente de la Compañía para el trámite de segunda instancia,  cuando se hayan interpuesto los recursos de apelación o de queja.    

8. Informar oportunamente a la División de  Registro y Control de la Procuraduría General de la Nación, sobre la imposición  de sanciones a los servidores públicos.    

9. Rendir informes sobre el estado de los  procesos disciplinarios a las autoridades competentes, cuando así lo requieran.    

10. Participar en el proceso de identificación,  medición y control de riesgos operativos y legales relacionados con los  procesos que se desarrollan en la Oficina.    

11. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del  Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

12. Las demás funciones asignadas que  correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 9°. Oficina de Tecnologías de la Información: Son funciones de la  Oficina Tecnologías de la información, las siguientes:    

1. Impartir los lineamientos en materia  tecnológica para definir políticas, estrategias, planes y prácticas que  soporten la gestión de Positiva Compañía de Seguros S. A.    

2. Definir la metodología para la  parametrización de los sistemas de información de la Compañía, en articulación  con las demás dependencias e instituciones externas, con base en las  necesidades de información identificadas.    

3. Garantizar la aplicación de los  estándares, buenas prácticas y principios para el suministro de la información  a cargo de la Compañía.    

4. Preparar el plan institucional en materia  de información.    

5. Aplicar los lineamientos y procesos de  arquitectura tecnológica de la Compañía en materia de software, hardware, redes  y telecomunicaciones, acorde con los parámetros gubernamentales para su  adquisición, operación, soporte especializado y mantenimiento.    

6. Asesorar al Presidente de la Compañía en  la definición de los estándares de datos de los sistemas de información y de  seguridad informática de competencia de la Compañía.    

7. Impartir los lineamientos tecnológicos  para el cumplimiento de estándares de seguridad, privacidad, calidad y  oportunidad de la información de la Compañía y la interoperabilidad de los  sistemas que la soportan, así como el intercambio permanente de información.    

8. Elaborar el mapa de información  institucional que permita contar de manera actualizada y completa con los  procesos de producción de información de la Compañía, en coordinación con las  dependencias de la misma.    

9. Promover aplicaciones, servicios y  trámites en línea para el uso de los servidores públicos, ciudadanos y otras  entidades, como herramientas para una mejor gestión.    

10. Implementar las políticas de seguridad  informática y de la plataforma tecnológica de la Compañía, definiendo los  planes de contingencia y supervisando su adecuada y efectiva aplicación.    

11. Diseñar estrategias, instrumentos y  herramientas con aplicación de tecnologías de la información y las  comunicaciones para brindar de manera constante y permanente un buen servicio  al ciudadano.    

12. Participar en el seguimiento y evaluación  de las políticas, programas e instrumentos relacionados con la información  pública.    

13. Dirigir y orientar el desarrollo de los  contenidos y ambientes virtuales requeridos para el cumplimiento de las  funciones y objetivos de la Compañía.    

14. Participar en el proceso de  identificación, medición y control de riesgos operativos y legales relacionados  con los procesos que se desarrollan en la Oficina.    

15. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del  Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

16. Las demás funciones asignadas que  correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 10. Vicepresidencia de negocios: Son funciones de la Vicepresidencia  de negocios, las siguientes:    

1. Definir los objetivos, políticas y planes  comerciales de la Compañía y controlar su implementación, determinando los  canales de distribución y la asignación de objetivos de ventas por producto, de  acuerdo a los lineamientos de la Junta Directiva y el Presidente de la  Compañía.    

2. Estructurar el plan estratégico de  mercadeo de la Compañía, teniendo en cuenta las condiciones del mercado, las  metas organizacionales y recursos disponibles.    

3. Definir y hacer seguimiento y control a  las ventas de los productos de la Compañía, a través de las herramientas de  gestión disponibles.    

4. Definir el modelo y estrategias de  relacionamiento con los clientes, su mantenimiento, fidelización y  recuperación.    

5. Impartir lineamientos para las campañas  de divulgación y capacitación, atendiendo las políticas de gestión de conocimiento  y de talento humano.    

6. Ejecutar las políticas y estrategias de  comunicación interna y externa, bajo los lineamientos del Presidente de la  Compañía.    

7. Definir, en coordinación con la  Secretaría General y Jurídica, el plan de incentivos, de comisiones o de  honorarios para los canales, asegurando su implementación a nivel nacional.    

8. Dirigir la gestión de las Gerencias  Sucursales y verificar que los procedimientos y actividades se adelanten conforme  a los lineamientos emitidos por la Presidencia, por las Vicepresidencias y  demás dependencias competentes.    

9. Participar en el proceso de  identificación, medición y control de riesgos operativos relacionados con los  procesos que se desarrollan en la Vicepresidencia.    

10. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del  Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

11. Las demás funciones asignadas que  correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 11. Gerencias Sucursales. El Presidente, con base en el modelo de  presencia adoptado por la Compañía, reglamentará lo atinente a la definición de  la jurisdicción, ubicación geográfica, adscripción, tipología y organización  interna de las gerencias sucursales, atendiendo a las necesidades del servicio  y racionalización de los recursos de la Compañía.    

Las Gerencias Sucursales de Positiva  Compañía de Seguros S. A., se clasificarán en: Sucursales Tipo A con funciones  de coordinación, tipo B y C. Las funciones específicas de las sucursales se  establecerán en los estatutos de la Compañía.    

Artículo 12. Vicepresidencia Técnica: Son funciones de la Vicepresidencia  Técnica, las siguientes:    

1. Definir las políticas y estrategias de la  Compañía en materia de actuaría, reaseguros, siniestros, y suscripción de los  seguros comercializados por la Compañía.    

2. Negociar y administrar los contratos de  reaseguros en los ramos que la Compañía comercialice, con el fin de proteger  adecuadamente el patrimonio de la Compañía.    

3. Verificar que el cálculo y registro de  las reservas matemáticas y técnicas para las pólizas expedidas y la atención de  los siniestros ocurridos, se adelante bajo la normativa vigente.    

4. Verificar que el proceso de emisión y  administración de las pólizas de vida y rentas, se adelante atendiendo a las  políticas de suscripción y procedimientos establecidos para el efecto.    

5. Impartir los lineamientos para asegurar  la cobertura en la prestación de los servicios asistenciales solicitados y el  reconocimiento de las prestaciones económicas, atendiendo a procedimientos y la  normatividad vigente.    

6. Dirigir el proceso de selección,  monitoreo y evaluación de la red de prestación asistencial y de auditores para  la Compañía, con base en la normativa y procedimientos vigentes.    

7. Impartir lineamientos y especificaciones técnicas  relacionadas con la materia de competencia de esta dependencia para ser  ejecutadas por las Gerencias Sucursales.    

8. Participar en el proceso de identificación, medición y control  de riesgos operativos relacionados con los procesos que se desarrollan en la  Vicepresidencia.    

9. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del  Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

10. Las demás funciones asignadas que  correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 13. Vicepresidencia de operaciones: Son funciones de la  Vicepresidencia de Operaciones, las siguientes:    

1. Definir las políticas de afiliaciones,  novedades, recaudo y cartera y recobros de la Compañía.    

2. Impartir los lineamientos en materia de  afiliaciones tendientes a evitar la reclasificación posterior del riesgo y  adoptar las acciones correctivas frente a las desviaciones registradas.    

3. Asegurar la integridad, calidad y  oportunidad de la información sobre afiliaciones, asegurados, novedades,  recaudo y cartera, atendiendo a las políticas de gestión de la información.    

4. Dirigir y controlar el proceso de  recaudo, cartera y recobros.    

5. Ejecutar la política de servicio al  ciudadano, gestionar y hacer seguimiento a la adecuada atención de las  solicitudes, quejas, reclamos y derechos de petición realizados por los  ciudadanos, atendiendo el modelo de relacionamiento adoptado por la  Vicepresidencia de Negocios.    

6. Suministrar la información a la  Vicepresidencia de Negocios, para la adopción y gestión del modelo de  relacionamiento con el cliente.    

7. Impartir lineamientos y especificaciones  técnicas relacionadas con la materia de competencia de esta dependencia para  ser ejecutadas por las Gerencias Sucursales.    

8. Participar en el proceso de  identificación, medición y control de riesgos, relacionados con los procesos  que se desarrollan en la Vicepresidencia.    

9. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del  Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

10. Las demás funciones asignadas que  correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 14. Vicepresidencia de promoción y prevención: Son funciones de la  Vicepresidencia de Promoción y Prevención, las siguientes:    

1. Definir las políticas y estrategias para  la prestación de los servicios de promoción de la salud y prevención de  accidentes de trabajo y enfermedades laborales, atendiendo la normatividad  vigente.    

2. Definir y evaluar los proyectos de  investigación para identificar los factores de riesgo en las empresas  afiliadas, atendiendo a la norma técnica establecida por las autoridades  competentes.    

3. Adoptar los programas y productos de  promoción y prevención orientados a la gestión y control de los riesgos  laborales en las empresas afiliadas, atendiendo a la evaluación de necesidades  en materia de salud y los análisis sobre siniestralidad efectuados.    

4. Establecer los lineamientos para el  funcionamiento de los laboratorios de higiene y toxicología industrial y  realizar el control respectivo, obedeciendo a criterios de sostenibilidad y  racionalización del gasto.    

5. Participar, con la Vicepresidencia de  Negocios, en el proceso de negociación con clientes potenciales y fidelización  de los vigentes.    

6. Impartir los lineamientos para la prestación  de servicios de promoción de la salud y prevención de Accidentes de Trabajo y  Enfermedades Laborales (ATEL), a las empresas afiliadas.    

7. Impartir lineamientos y especificaciones  técnicas relacionadas con la materia de competencia de esta dependencia para  ser ejecutadas por las Gerencias Sucursales.    

8. Participar en el proceso de  identificación, medición y control de riesgos operativos relacionados con los  procesos que se desarrollan en la Vicepresidencia.    

9. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del  Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

10. Las demás funciones asignadas que  correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 15. Vicepresidencia de inversiones: Son funciones de la  Vicepresidencia de Inversiones, las siguientes:    

1. Definir y proponer estrategias de  inversión de los recursos del portafolio de la Compañía con base en la  verificación de las condiciones del mercado y las políticas y límites  establecidos por la Junta Directiva, para aprobación del Comité de Inversiones  y Riesgos.    

2. Proponer la elaboración y difusión de  estudios económicos y evaluaciones financieras necesarios para la  administración del portafolio de inversiones.    

3. Administrar el portafolio de inversiones  atendiendo las políticas, límites y procedimientos establecidos por la Junta  Directiva y por el Comité de Inversiones y Riesgos.    

4. Realizar el análisis del comportamiento  de indicadores que afecten la valoración para mitigar su impacto en el  portafolio de inversiones.    

5. Impartir los lineamientos para la  ejecución de la estrategia de inversiones, atendiendo las políticas, límites y  procedimientos aprobados por la Junta Directiva.    

6. Dirigir las actividades inherentes a la  administración e inversión de los recursos y la cobertura de riesgos financieros,  de acuerdo con la normatividad y las políticas, límites y procedimientos  aprobados por la Junta Directiva.    

7. Participar en el proceso de  identificación, medición y control de riesgos, relacionados con los procesos  que se desarrollan en la Vicepresidencia.    

8. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del  Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

9. Las demás funciones asignadas que  correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 16. Vicepresidencia financiera y administrativa: Son funciones de la  Vicepresidencia Financiera y Administrativa, las siguientes:    

1. Proponer al Presidente de la Compañía la  adopción de políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la  administración de recursos físicos, documentales y financieros de la Compañía.    

2. Dirigir la ejecución de los programas y  actividades relacionadas con los asuntos financieros y contables, servicios  administrativos, abastecimiento de bienes y servicios, gestión documental y  correspondencia.    

3. Preparar, presentar y controlar el  presupuesto, los estados financieros y los informes financieros requeridos,  para su aprobación ante la Junta Directiva.    

4. Administrar el flujo de caja de la  Compañía, garantizando el oportuno y adecuado pago de las obligaciones,  incluyendo el pago de pensiones de la Compañía.    

5. Dirigir la programación, elaboración y  ejecución de los planes de contratación y de adquisición de servicios de la  Compañía, de manera articulada con los instrumentos de planeación y  presupuesto.    

6. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar  las actividades relacionadas con la adquisición, almacenamiento custodia,  distribución de bienes muebles e inmuebles de la Compañía.    

7. Consolidar los estados contables y  ejecución presupuestal, de la respectiva vigencia fiscal para la rendición de  la cuenta anual con destino a las entidades competentes, de acuerdo con los  lineamientos impartidos por dichas entidades.    

8. Controlar el registro y cumplimiento de  las operaciones del portafolio de inversiones.    

9. Coordinar y controlar el manejo de las  cuentas bancarias, encargos fiduciarios y cajas menores que se creen en la  Compañía y efectuar las operaciones relacionadas con el manejo de los recursos  financieros, haciendo seguimiento para que se inviertan en condiciones que  garanticen liquidez para atender las obligaciones de corto plazo de la  Compañía.    

10. Administrar los sistemas información,  equipos, redes y herramientas tecnológicas y brindar el soporte técnico para su  funcionamiento adecuado, coordinando lo pertinente.    

11. Coordinar la prestación de los servicios  de apoyo logístico a las diferentes dependencias de la Compañía.    

12. Impartir lineamientos y especificaciones  técnicas relacionadas con la materia de competencia de esta dependencia para  ser ejecutadas por las Gerencias Sucursales.    

13. Participar en el proceso de  identificación, medición y control de riesgos relacionados con los procesos que  se desarrollan en la Vicepresidencia.    

14. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del  Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

15. Las demás funciones asignadas que  correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 17. Secretaría general y jurídica: Son funciones de la Secretaría  General y Jurídica, las siguientes:    

1. Asesorar al Presidente y a las demás  dependencias de la Compañía en los asuntos jurídicos de competencia de la  misma.    

2. Asistir al Presidente de la Compañía en  la determinación de las políticas, objetivos y estrategias relacionados con la  administración de la Compañía.    

3. Estudiar, conceptuar y elaborar los  proyectos de actos administrativos, para la gestión de la Compañía, coordinar  la notificación de los mismos, en los casos en que se requiera, y llevar el  registro, numeración y archivo de toda la producción normativa de la Compañía.    

4. Autenticar las copias de los actos  administrativos y demás documentos oficiales que se requieran por parte de la  Compañía, de otra autoridad o de terceros.    

5. Atender y resolver las consultas y  peticiones de carácter jurídico elevadas a la Compañía y por las diferentes  dependencias de la misma.    

6. Representar judicial y extrajudicialmente  a la Compañía en los procesos judiciales y procedimientos administrativos en  los cuales sea parte o tercero interesado, previo otorgamiento de poder o  delegación del Presidente de la Compañía.    

7. Ejercer la secretaría de la Asamblea de  Accionistas y la Junta Directiva de la Compañía y controlar y llevar el  registro de los actos administrativos expedidos por la Asamblea General de  Accionistas, la Junta Directiva y la Presidencia de la Compañía.    

8. Coordinar y evaluar las actuaciones  encaminadas a lograr el cobro efectivo de las sumas que le adeuden a la  Compañía, adelantando los procesos administrativos, coactivos y judiciales en  términos de ley.    

9. Apoyar a la Oficina de Control Interno de  la Compañía en su relación con los organismos de inspección, vigilancia y  control.    

10. Trazar y ejecutar las políticas y  programas de administración de personal, bienestar social, selección,  inducción, capacitación, gestión de conocimiento y de cambio, incentivos,  seguimiento al desempeño laboral de los servidores y desarrollo del talento  humano de la Compañía.    

11. Dirigir y coordinar los estudios  técnicos requeridos para modificar la estructura interna y la planta de  personal de la Compañía.    

12. Mantener actualizado el manual de  funciones, requisitos y competencias de la Compañía.    

13. Impartir lineamientos y especificaciones  técnicas relacionadas con la materia de competencia de esta dependencia para ser  ejecutadas por las Gerencias Sucursales.    

14. Participar en el proceso de  identificación, medición y control de riesgos relacionados con los procesos que  se desarrollan en la Secretaría General y Jurídica.    

15. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del  Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

16. Las demás funciones asignadas que correspondan a la  naturaleza de la dependencia.    

Artículo 18. Órganos de asesoría y coordinación: El Comité de coordinación del  sistema de Control Interno, y demás órganos de asesoría y coordinación que se  organicen e integren cumplirán sus funciones de conformidad con las  disposiciones legales y reglamentarias vigentes.    

El Presidente de la Compañía podrá crear  comités permanentes o transitorios especiales para el estudio, análisis y  asesoría en temas propios del funcionamiento de la Compañía.    

Artículo 19. Vigencia y derogatoria. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su publicación y deroga el Decreto número  1234 de 2012 y 1527 de 2013  y las disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 21 de octubre de  2016.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Mauricio Cardenas  Santamaría.    

La Directora del Departamento Administrativo  de la Función Pública,    

Liliana Caballero  Durán.    

               

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