DECRETO 1667 DE 2016
(octubre 21)
D.O. 50.033, octubre 21 de 2016
por medio del cual se suprimen algunos cargos de la planta de personal de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones (Caprecom) EICE en Liquidación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y en particular de las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto número 2519 de 2015 se suprimió y ordenó la liquidación de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones (Caprecom) EICE.
Que el artículo 25 del mencionado decreto, dispuso:
“…la supresión de cargos como consecuencia del procesos de liquidación de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, (Caprecom) EICE, dará lugar a la terminación del vínculo legal y reglamentario o contractual, según el caso, de los servidores públicos de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
El liquidador, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que asuma sus funciones, elaborará un programa de supresión de cargos, determinando el personal que por naturaleza de las funciones desarrolladas debe acompañar el proceso de liquidación…”.
Que el apoderado general de la Fiduciaria la Previsora S. A., en su carácter de liquidador de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones (Caprecom) EICE en Liquidación, mediante comunicación 201651000000931 de 9 de febrero de 2016, remitió al Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) el programa de supresión de cargos que señala la citada disposición, el cual fue reformulado a través de documento 20160000018801, radicado ante el DAFP el 25 de mayo de 2016
Que mediante Resolución número L-000558 de 2016, el apoderado general ofreció el Plan Único de Retiro Consensuado de que trata el artículo 26 del Decreto número 2519 de 2015, obteniendo la aceptación de 447 trabajadores oficiales cuyo vínculo laboral terminó por acta de conciliación individual suscrita ante el Ministerio del Trabajo.
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública, en respuesta radicada el 7 de junio de 2016, encontró ajustada técnicamente la propuesta de supresión de cargos, por lo cual emitió concepto favorable.
Que conforme con lo anterior se hace necesario, suprimir de la planta de cargos de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, (Caprecom) EICE en Liquidación, ciento setenta y ocho (178) empleos públicos y setecientos noventa (790) cargos de trabajadores oficiales.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones (Caprecom) EICE en Liquidación, los siguientes empleos públicos de libre nombramiento y remoción:
IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
DENOMINACIÓN
CÓDIGO
GRADO
No. CARGOS
C102
Secretario General de Entidad Descentralizada
0037
18
01
Uno
C103
Subdirector General de Entidad Descentralizada
0040
18
06
Seis
C301
Director Regional
0042
17
32
Treinta y dos
C202
Jefe División
2040
25
22
Veintidós
C303
Jefe División
2040
23
70
Setenta
C201
Jefe de Oficina
2045
26
05
Cinco
C302
Jefe de Oficina
2045
19
42
Cuarenta y dos
TOTAL
178
Artículo 2°. Suprímense de la planta de personal de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones (Caprecom) EICE en Liquidación, los siguientes cargos de trabajadores oficiales:
IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
CARGO
No. CARGOS
C203
Jefe Departamento
33
Treinta y tres
C304
Jefe de Servicios
26
Veintiséis
C305
Jefe Departamento Regional
67
Sesenta y siete
C306
Coordinador Zonal
09
Nueve
C401
Profesional en Salud Especializado
49
Cuarenta y nueve
C402
Profesional en Salud II
78
Setenta y ocho
C403
Profesional en Salud I
05
Cinco
C404
Profesional Asistencial Especializado
09
Nueve
C405
Profesional Asistencial II
20
Veinte
C406
Profesional Asistencial I
13
Trece
C407
Profesional Universitario Especializado II
23
Veintitrés
C408
Profesional Universitario Especializado I
19
Diecinueve
C409
Profesional Universitario II
27
Veintisiete
C410
Profesional Universitario I
38
Treinta y ocho
C501
Tecnólogo II
36
Treinta y seis
C502
Tecnólogo I
32
Treinta y dos
C503
Técnico
78
Setenta y ocho
C504
Técnico Auxiliar II
12
Doce
C505
Técnico Auxiliar I
94
Noventa y cuatro
C601
Secretaria Ejecutiva II
07
Siete
C602
Secretaria Ejecutiva I
08
Ocho
C603
Secretaria III
24
Veinticuatro
C604
Secretaria II
40
Cuarenta
C605
Secretaria I
10
Diez
C701
Conductor Mecánico II
09
Nueve
C702
Conductor Mecánico I
04
Cuatro
C703
Auxiliar Operativo
16
Dieciséis
C704
Auxiliar de Servicios Generales II
03
Tres
C705
Auxiliar de Servicios Generales I
01
Uno
TOTAL
790
Artículo 3°. Los cargos ocupados por servidores públicos que gozan de fuero sindical establecidos en los artículos 1° y 2° del presente decreto, quedarán suprimidos a partir de la ejecutoria de la sentencia que autorice el levantamiento del fuero sindical o del vencimiento del término de dicho fuero de acuerdo con la ley y los estatutos.
Parágrafo. Los anteriores cargos se mantendrán temporalmente vigentes en la planta de personal, hasta el cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente artículo o hasta la terminación del proceso de liquidación, fecha en la cual se entenderá suprimido el cargo.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de publicación y modifica el Acuerdo número 013 de 1997, el Decreto número 611 de 1997 y el Acuerdo número 019 de 1998.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de octubre de 2016.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
El Ministro de Salud y Protección Social,
Alejandro Gaviria Uribe.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Liliana Caballero Durán