DECRETO 1663 DE 2016

Decretos 2016

DECRETO 1663 DE 2016     

(octubre 21)    

D.O. 50.033, octubre  21 de 2016    

por el cual se  efectúa el nombramiento de un notario en propiedad.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las  conferidas por los artículos 131 de la Constitución Política, 2  y 3 de la Ley 588 de 2000, 161  del Decreto–ley 960 de  1970 y 5 del Decreto–ley 2163  de 1970, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 131 de la Constitución Política dispone  que el nombramiento de los notarios en propiedad se hará mediante concurso.    

Que el artículo 169 del Decreto–ley 960 de  1970 establece que los concursos tienen por objeto la selección de  candidatos para cargos no desempeñados en propiedad por Notarios pertenecientes  a la carrera.    

Que mediante Acuerdo 001 de 9 de abril de  2015, modificado por los Acuerdos 003 de 28 de abril de 2015, 005 de 15 de  septiembre de 2015, 025 de 27 de junio de 2016, 028 de 21 de julio de 2016 y  029 de 22 de agosto de 2016, del Consejo Superior de la Carrera Notarial, se ‘‘…convoca, se fijan las bases y el  cronograma del concurso de méritos público y abierto para el nombramiento de  notarios en propiedad e ingreso a la Carrera Notarial”.    

Que en los artículos 2.2.6.5.1. a 2.2.6.5.13  del Decreto  1069 de 26 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia  y del Derecho, se compiló el Decreto 3454 de 2006,  reglamentario de la Ley 588 de 2000 que  regula el ejercicio de la actividad notarial, y en su artículo 2.2.6.5.11  señala que la lista de elegibles estará integrada por quienes hayan obtenido  más de sesenta (60) puntos en el proceso, lo anterior quedó establecido en el  artículo 28 del Acuerdo 001 de 2015, así: “El puntaje final de los aspirantes será el que resulte de la suma de  las calificaciones obtenidas en las distintas fases del concurso debidamente  superadas. La lista de elegibles estará integrada en estricto orden descendente  por quienes hayan obtenido sesenta (60) puntos o más, de la máxima calificación  posible”.    

Que el 29 de junio de 2016, una vez agotadas  todas las etapas del Concurso, el Consejo Superior de la Carrera Notarial  profirió el Acuerdo 026 “por el cual  se aprueba la lista definitiva de elegibles en el Concurso de Méritos Público y  Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera  Notarial, y se ordena su publicación”, la cual se llevó a cabo el día 3  de julio del año en curso en el Diario de amplia circulación nacional “El Nuevo Siglo”.    

Que el Consejo Superior de la Carrera  Notarial mediante el Acuerdo 027 del 29 de junio de 2016 estableció el  procedimiento para el agotamiento de la lista de elegibles y selección de  Notarías vacantes, para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la  Carrera Notarial y en su artículo 1° indicó que “El Consejo Superior de la Carrera Notarial o quien debidamente lo  represente, informará a cada uno de los aspirantes en estricto orden  descendente de puntaje, para cada notaría y por categoría inscrita, sobre las vacantes  a la fecha de la comunicación. De esta manera se requerirá a cada aspirante con  el fin de que manifieste su intención o voluntad de nombramiento en alguna de  las Notarías vacantes de acuerdo con su inscripción”.    

Que el señor Pedro Fernando Buitrago Agón,  identificado con cédula de ciudadanía 91286948 de Bucaramanga, obtuvo para  notarías de primera categoría ochenta punto seiscientos sesenta y tres (80.663)  puntos, ocupando el puesto número quince (15) de la lista de elegibles, dentro  del Concurso de Méritos Público y Abierto para el Nombramiento de Notarios en  Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, tal como consta en la certificación  de 11 de octubre de 2016, suscrita por el secretario técnico del Consejo  Superior.    

Que dando cumplimiento al Acuerdo 027 de  2016 y en atención al puntaje que obtuvo en el Concurso de Méritos Público y  Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera  Notarial, mediante oficio número 2016-062 de 08 de septiembre de 2016, el  secretario técnico del Consejo Superior informó al señor Pedro Fernando  Buitrago Agón, por cada notaría y categoría inscrita, las vacantes a la fecha  de la comunicación, entre las cuales se encontraba la notaría segunda (02) del  Círculo Notarial de Valledupar.    

Que a su vez el artículo 2° del Acuerdo 027 de 2016 señala que “una vez notificada la postulación sobre las  Notarías vacantes según lo inscrito y el puesto ocupado en cada caso, el  aspirante contará con un término de cinco (5) días hábiles para manifestar su  intención o voluntad de nombramiento, en alguna de las notarías vacantes  correspondientes estrictamente con las que haya inscrito. Vencido el anterior  término, se entenderá desierto el interés sobre las Notarías postuladas en la  comunicación, y se continuará con el siguiente aspirante”.    

Que en tal sentido, el señor Pedro Fernando  Buitrago Agón, mediante correo electrónico de fecha 12 de septiembre de 2016,  manifestó su intención de ser nombrado en la notaría segunda (02) del Círculo  Notarial de Valledupar.    

Que mediante certificación del 11 de octubre  de 2016, el secretario técnico del Consejo Superior, informó que “con fundamento en la lista de elegibles  vigente, conformada por el Acuerdo 026 del 29 de junio de 2016, publicado el 3  de julio del mismo año en el diario El Nuevo Siglo, el doctor Pedro Fernando  Buitrago Agón identificado con cédula de ciudadanía número 91286948, en su  calidad de aspirante a ser designado en la Notaría segunda (02) del circulo  notarial de Valledupar y que le fue postulada mediante oficio número 2016-062  de fecha 8 de septiembre de 2016, es quien debe ser nombrado en propiedad como  Notario segundo (02) del Circulo de Valledupar, conforme a la calificación  obtenida de ochenta punto seiscientos sesenta y tres (80.663) puntos, ocupando el  puesto número quince (15) de la lista, dentro del Concurso de Méritos Público y  Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera  Notarial, el cual fue convocado mediante Acuerdo 001 del 9 de abril de 2015”.    

Que la designación de notarios de primera  categoría es competencia del Gobierno nacional.    

Que de conformidad con el inciso 3° del  artículo 28 del Acuerdo 001 de 9 de abril de 2015, la lista de elegibles tiene una  vigencia de dos (2) años contados a partir de la fecha de su publicación en un  diario de amplia circulación nacional, es decir, que a la fecha de expedición  de este Decreto, la lista se encuentra vigente.    

Que el señor Pedro Fernando Buitrago Agón,  identificado con cédula de ciudadanía número 91286948 de Bucaramanga, ejerce  como notario único del Círculo Notarial de Guapi – Cauca, cargo en el cual fue  nombrado mediante el Decreto número 0079-03-2012 de 23 de marzo de 2012  expedido por la Gobernación del departamento del Cauca.    

Que el artículo 150 del Decreto–ley 960 de  1970 establece que “El Notario no podrá separarse del desempeño de sus  funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba remplazado”.    

En mérito de lo expuesto.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Nombramiento en propiedad. Nómbrase en Propiedad al señor Pedro  Fernando Buitrago Agón, identificado con la cédula de ciudadanía número  91286948 de Bucaramanga, como Notario Segundo (02) del Círculo Notarial de  Valledupar, Cesar.    

Parágrafo 1°. El señor Pedro Fernando  Buitrago Agón, no podrá separarse del desempeño de sus funciones en el cargo de  notario único del Círculo Notarial de Guapi, Cauca, mientras no se haya hecho  cargo de ellas quien deba remplazado.    

Artículo 2°. Acreditación de documentos para tomar posesión del cargo. Para  tomar posesión del cargo, el designado deberá acreditar ante la  Superintendencia de Notariado y Registro, la documentación de ley.    

Artículo 3°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.C., a 21 de octubre 2016.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Justicia y del Derecho,    

Jorge Eduardo  Londoño Ulloa.    

               

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