DECRETO 1647 DE 2014
(septiembre 2)
D.O. 49.262, septiembre 2 de 2014
por el cual se confía al Vicepresidente de la República unas misiones y encargos especiales.
Nota: Derogado por el Decreto 210 de 2015, artículo 2º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 202 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 202 de la Constitución Política establece que el Presidente de la República podrá confiar al Vicepresidente misiones o encargos especiales.
Que el artículo 209 de la Constitución Política dispone que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
DECRETA:
Artículo 1°. Confiar al Vicepresidente de la República la misión de coordinación interinstitucional e intersectorial que contribuya al desarrollo de aquellos proyectos relacionados con los sectores de vivienda e infraestructura, proyectos especiales de renovación urbana, desarrollo espacial, ejercer la Presidencia de la Comisión Intersectorial del Océano y del Espacio. Igualmente coordinará los planes de atención especial a ciertas regiones del país.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de septiembre de 2014.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Liliana Caballero Durán.