DECRETO 1562 DE 2016
(septiembre 30)
D.O. 50.012, septiembre 30 de 2016
por el cual se prorroga la vigencia de los empleos temporales creados mediante el Decreto 1937 de 2015 en la planta de personal del Ministerio de Justicia y del Derecho.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, de conformidad con el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 consagra que los organismos y entidades podrán contemplar excepcionalmente en sus plantas de personal empleos de carácter temporal, entre otras, con el fin de suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo.
Que el Ministerio de Justicia y del Derecho, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, el correspondiente estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 228 del Decreto ley 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar la planta de personal, el cual emitió concepto técnico favorable.
Que mediante Decreto 1937 del 1° de octubre de 2015 se crearon en la planta de personal del Ministerio de Justicia y del Derecho, once (11) empleos de carácter temporal.
Que las razones que dieron origen a la creación de los empleos temporales se mantienen y persiste la necesidad de personal del Ministerio de Justicia y del Derecho.
Que para los fines de este decreto la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó certificado de viabilidad presupuestal.
Que en mérito de lo anterior,
DECRETA:
Artículo 1°. Prorrogar a partir del 1° de octubre de 2016 y hasta el 30 de septiembre de 2017, la vigencia de los empleos de carácter temporal creados en la planta de personal del Ministerio de Justicia y del Derecho mediante el Decreto 1937 de 2015, en el número, denominación, código y grado que se señala a continuación:
N° de cargos
Denominación
Código
Grado
DESPACHO DE LA SECRETARÍA GENERAL
Once (11)
Conductor Mecánico
4103
15
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica el artículo 1° del Decreto 1937 de 2015.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de septiembre de 2016.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Jorge Eduardo Londoño Ulloa.
La Directora del departamento. Administrativo de la Función Pública,
Liliana Caballero Durán.