DECRETO 154 DE 2015

Decretos 2015

DECRETO 154 DE 2015     

(enero 30)    

D. O. 49.410, enero 30 de 2015    

por el cual se  modifica parcialmente el Arancel de Aduanas.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le  confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política,  con sujeción a lo previsto en las Leyes 7ª de 1991 y 1609 de 2013, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  número 4927 del 26 de diciembre de 2011, se adoptó el Arancel de Aduanas,  que entró a regir el 1° de enero de 2012.    

Que en virtud de las Decisiones 679, 688, 693,  695 de 2008, 717 de 2009, 771 de 2011 y 801 de 2014 y concordantes sobre  política arancelaria común, actualmente los países miembros de la Comunidad  Andina, se encuentran facultados para adoptar modificaciones en materia  arancelaria.    

Que el Comité de Asuntos Aduaneros,  Arancelarios y de Comercio Exterior en la Sesión número 278 del 27 de octubre  de 2014, evaluadas las solicitudes de ajustes presentadas por el sector  privado, recomendó establecer un arancel del 10% para las subpartidas  arancelarias 7005.21.90.00 y 7005.29.90.00.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Establecer un gravamen arancelario del 10%, para la  importación de los productos clasificados por las subpartidas  arancelarias 7005.21.90.00 y 7005.29.90.00.    

Artículo 2°. El presente decreto entra a regir en quince (15)  días calendario contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica el  gravamen arancelario establecido en el artículo 1° del Decreto  número 4927 de diciembre 26 de 2011.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá D. C., a 30 de enero de 2015.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Mauricio Cárdenas Santamaría.    

La Ministra de Comercio, Industria y Turismo,    

Cecilia Álvarez-Correa Glen.    

               

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