DECRETO 1538 DE 2016

Decretos 2016

DECRETO 1538 DE 2016     

(septiembre 29)    

D.O. 50.011, septiembre 29 de 2016    

por el cual se  efectúa el nombramiento de un notario en propiedad.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las  conferidas por los artículos 131 de la Constitución Política,  2° y 3° de la Ley 588 de 2000, 161  del Decreto ley 960 de  1970 y 5 del Decreto ley 2163  de 1970, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 131 de la Constitución Política  dispone que el nombramiento de los notarios en propiedad se hará mediante  concurso.    

Que el artículo 169 del Decreto ley 960 de  1970 establece que los concursos tienen por objeto la selección de  candidatos para cargos no desempeñados en propiedad por Notarios pertenecientes  a la carrera.    

Que mediante Acuerdo 001 de 9 de abril de  2015, modificado por los Acuerdos 003 de 28 de abril de 2015, 005 de 15 de  septiembre de 2015, 025 de 27 de junio de 2016, 028 de 21 de julio de 2016, 029  de 22 de agosto de 2016, del Consejo Superior de la Carrera Notarial, se “…convoca, se fijan las bases y el  cronograma del concurso de méritos público y abierto para el nombramiento de  notarios en propiedad e ingreso a la Carrera Notarial”.    

Que en los artículos 2.2.6.5.1. a 2.2.6.5.13  del Decreto  1069 de 26 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia  y del Derecho, se compiló el Decreto 3454 de 2006,  reglamentario de la Ley 588 de 2000 que  regula el ejercicio de la actividad notarial, y en su artículo 2.2.6.5.11  señala que la lista de elegibles estará integrada por quienes hayan obtenido  más de sesenta (60) puntos en el proceso, lo anterior quedó establecido en el  artículo 28 del Acuerdo 001 de 2015, así: “El puntaje final de los aspirantes será el que resulte de la suma de  las calificaciones obtenidas en las distintas fases del concurso debidamente  superadas. La lista de elegibles estará integrada en estricto orden descendente  por quienes hayan obtenido sesenta (60) puntos o más, de la máxima calificación  posible.    

Que el 29 de junio de 2016, una vez agotadas  todas las etapas del Concurso, el Consejo Superior de la Carrera Notarial  profirió el Acuerdo 026 “por el cual  se aprueba la lista definitiva de elegibles en el Concurso de Méritos Público y  Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera  Notarial, y se ordena su publicación”, la cual se llevó a cabo el día 3  de julio del año en curso en el diario de amplia circulación nacional El Nuevo Siglo.    

Que el Consejo Superior de la Carrera  Notarial mediante el Acuerdo 027 del 29 de junio de 2016 estableció el  procedimiento para el agotamiento de la lista de elegibles y selección de  Notarías vacantes, para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la  Carrera Notarial y en su artículo 1° indicó que “El Consejo Superior de la Carrera Notarial o quien debidamente lo  represente, informará a cada uno de los aspirantes en estricto orden descendente  de puntaje, para cada Notaría y por categoría inscrita, sobre las vacantes a la  fecha de la comunicación. De esta manera se requerirá a cada aspirante con el  fin de que manifieste su intención o voluntad de nombramiento en alguna de las  Notarías vacantes de acuerdo con su inscripción”.    

Que el señor José Francisco Varona Ortiz,  identificado con cédula de ciudadanía número 76309866 de Popayán, obtuvo para  Notarías de primera categoría ochenta y cinco puntos trescientos cincuenta y  cuatro (85.354) puntos, ocupando el primer lugar de la lista de elegibles,  dentro del Concurso de Méritos Público y Abierto para el Nombramiento de  Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, tal como consta en la  certificación de 14 de septiembre de 2016, suscrita por el Secretario Técnico  del Consejo Superior.    

Que dando cumplimiento al Acuerdo 027 de 2016 y en atención al  puntaje en el Concurso de Méritos Público y Abierto para el Nombramiento de  Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, mediante Oficio número  2016-001 de 25 de julio de 2016 el Secretario Técnico del Consejo Superior,  informó al señor José Francisco Varona Ortiz por cada Notaría y categoría  inscrita, las vacantes a la fecha de la comunicación, entre las cuales se  encontraba la Notaría 76 del Círculo Notarial de Bogotá.    

Que a su vez el artículo 2° del Acuerdo 027  de 2016 señala que “una vez notificada  la postulación sobre las Notarías vacantes según lo inscrito y el puesto  ocupado en cada caso, el aspirante contará con un término de cinco (5) días  hábiles para manifestar su intención o voluntad de nombramiento, en alguna de  las Notarías vacantes correspondientes estrictamente con las que haya inscrito.  Vencido el anterior término, se entenderá desierto el interés sobre las  Notarías postuladas en la comunicación, y se continuará con el siguiente  aspirante”.    

Que en tal sentido, el señor José Francisco  Varona Ortiz, mediante comunicación de fecha 29 de julio de 2016, manifestó su  intención de ser nombrado en la Notaría setenta y seis (76) del Círculo  Notarial de Bogotá.    

Que mediante certificación del 14 de  septiembre de 2016, el Secretario Técnico del Consejo Superior, informó que “con fundamento en la lista de elegible  conformada por el Acuerdo 026 del 29 de junio de 2016, publicado el 3 de julio  del mismo año en el diario El Nuevo Siglo, el doctor José Francisco Varona  Ortiz identificado con cédula de ciudadanía número 76309866, ocupó el primer  lugar de la lista, con una calificación de ochenta y cinco punto trescientos  cincuenta y cuatro (85.354) puntos, dentro del Concurso de Méritos Público y Abierto para el Nombramiento  de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, convocado mediante  Acuerdo 001 del 9 de abril de 2015; por tal razón tenía derecho a elegir la  Notaría de su preferencia entre las cincuenta y siete (57) Notarías que le  fueron postuladas mediante Oficio 2016-001 de fecha 25 de julio de 2016,  manifestando su voluntad de aceptación respecto a la Notaría setenta y seis  (76) del Círculo Notarial de Bogotá, el día 29 de julio de 2016, Notaría que  quedó vacante posteriormente a la expedición del Acuerdo 001 de 2015.    

Así las cosas, el  doctor José Francisco Varona Ortiz es quien debe ser nombrado en propiedad como  Notario setenta y seis (76) del Círculo de Bogotá”.    

Que la designación de notarios de primera  categoría es competencia del Gobierno nacional.    

Que de conformidad con el inciso 3 del  artículo 28 del Acuerdo 001 de 9 de abril de 2015, la lista de elegibles tiene  una vigencia de dos (2) años contados a partir de la fecha de su publicación en  un diario de amplia circulación nacional, es decir que, a la fecha de  expedición de este Decreto, la lista se encuentra vigente.    

Que el señor José Francisco Varona Ortiz,  identificado con cédula de ciudadanía número 76309866 ejerce como Notario  Décimo (10) del Círculo de Barranquilla, cargo en el cual fue nombrado mediante  el Decreto  número 1916 de 6 de septiembre de 2013.    

Que el artículo 150 del Decreto ley 960 de  1970 establece que “El Notario no  podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo  de ellas quien deba remplazado”.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Nombramiento en propiedad. Nómbrase en Propiedad al señor José  Francisco Varona Ortiz, identificado con cédula de ciudadanía número 76309866  de Popayán, como Notario setenta y seis (76) del Círculo Notarial de Bogotá.    

Parágrafo. El señor José Francisco Varona  Ortiz no podrá separarse del desempeño de sus funciones en el cargo de Notario décimo  (10) del Círculo de Barranquilla, Atlántico, mientras no se haya hecho cargo de  ellas quien deba reemplazarlo.    

Artículo 2°. Acreditación de documentos para  tomar posesión del cargo. Para tomar posesión del cargo, el designado deberá  acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro, la documentación de  ley.    

Artículo 3°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de septiembre de  2016.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN.    

El Ministro de Justicia y del Derecho,    

Jorge Eduardo  Londoño Ulloa.    

               

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