DECRETO 153 DE 2015

Decretos 2015

DECRETO 153 DE 2015     

(enero 30)    

D. O. 49.410, enero 30 de 2015    

por el cual se  designa un Superintendente de Industria y Comercio ad hoc”.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las  conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 12 de la Ley 1437 de 2011    

CONSIDERANDO:    

Que por decreto  número 2696 de 21 de diciembre de 2012 se designó al doctor Luis Guillermo Vélez Cabrera, Superintendente de  Sociedades, como Superintendente de Industria y Comercio ad hoc para  conocer de cualquier asunto relacionado con la investigación número 08-126301  que adelanta la Superintendencia de Industria y Comercio.    

Que mediante Decreto  número 2160 de 21 de diciembre de 2014 se aceptó la renuncia presentada por  el doctor Luis Guillermo Vélez Cabrera al cargo y se  nombró al doctor Francisco Hernando Reyes Villamizar,  identificado con la cédula de ciudadanía número 79156527 de Usaquén,  en el cargo de Superintendente código 0030, grado 25, de la Superintendencia de  Sociedades.    

Que el doctor Pablo Felipe Robledo Castillo,  Superintendente de Industria y Comercio, aún se encuentra impedido para conocer  y decidir sobre todos los asuntos que deba atender en ejercicio de sus  funciones, en relación con la investigación número 08-126301 que adelanta la  Superintendencia de Industria y Comercio; por lo que, ante tal situación, se  hace necesario designar nuevo Superintendente de Industria y Comercio, ad hoc,  para tales fines.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Desígnase  al doctor Francisco Hernando Reyes Villamizar,  identificado con la cédula de ciudadanía número 79156527 de Usaquén,  Superintendente de Sociedades, como Superintendente de Industria y Comercio ad hoc para  conocer de cualquier asunto relacionado con la investigación número 08-126301  que adelanta la Superintendencia de Industria y Comercio.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá D. C., a 30 de enero de 2015.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

La Ministra de Comercio, Industria y Turismo,    

Cecilia  Álvarez-Correa Glen.    

               

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