DECRETO 1492 DE 2015
(julio 13)
D.O. 49.572, julio 13 de 2015
por el cual se concede una prórroga para la posesión de un Notario.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 2.2.6.1.5.3.4., del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Justicia y del Derecho y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional mediante Decreto número 861 de 29 de abril de 2015 nombró al doctor César Laureano Negret Mosquera, identificado con cédula de ciudadanía número 10537127 como Notario Setenta y seis (76) en propiedad del Círculo de Bogotá, en cumplimiento de un fallo judicial.
Que mediante comunicación de 13 de mayo de 2015, el doctor César Laureano Negret Mosquera aceptó el nombramiento en propiedad como Notario Setenta y seis (76) del Círculo de Bogotá.
Que en escrito de 16 de junio de 2015, el doctor César Laureano Negret Mosquera solicitó que se le concediera prórroga para tomar posesión como Notario Setenta y seis (76) en propiedad del Círculo de Bogotá, por el término de sesenta (60) días, argumentado que su solicitud obedece a asuntos de carácter profesional de los cuales no le es posible desprenderse con el rigor que ello demanda en un tiempo menor.
Que el artículo 2.2.6.1.5.3.4. del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Justicia y del Derecho establece: “El notario tomará posesión del cargo dentro de los diez (10) días siguientes a aquel en que reciba la confirmación del nombramiento si ya se inició el periodo legal, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado o prórroga hasta de 30 días concedida justificadamente por quien hizo la designación”.
Que la petición del doctor César Laureano Negret Mosquera, se encuentra ajustada a las disposiciones señaladas anteriormente, razón por la cual es procedente conceder la prórroga solicitada.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Prórroga. Prorrógase el término para tomar posesión del cargo de Notario Setenta y seis (76) en propiedad del Círculo de Bogotá, al doctor César Laureano Negret Mosquera, identificado con cédula de ciudadanía número 10537127, por treinta (30) días, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.
Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.C., a 13 de julio de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Yesid Reyes Alvarado.