DECRETO 1478 DE 2016

Decretos 2016

DECRETO 1478 DE 2016     

(septiembre 15)    

D.O. 49.997, septiembre 15 de 2016    

por el cual se  hace un nombramiento en propiedad en virtud del numeral 3 del artículo 178 del Decreto ley 960 de  1970, en el Círculo Notarial de Pereira (Risaralda).    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las  que le confieren el artículo 131 de la Constitución Política,  5° del Decreto ley 2163  de 1970, 2° de la Ley 588 de 2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  número 1214 del 25 de julio de 2016, el señor José Daniel Trujillo Arcila,  notario primero (1°) en propiedad del Círculo Notarial de Pereira (Risaralda),  fue retirado del cargo por cumplimiento de la edad de retiro forzoso, en virtud  de lo contemplado en el artículo 2.2.6.1.5.3.13 del Decreto  número 1069 de 26 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector  Justicia y del Derecho, que establece como edad de retiro forzoso para los  notarios la de 65 años.    

Que el numeral 3 del artículo 178 del Decreto ley 960 de  1970 establece que el pertenecer a la carrera notarial implica la  preferencia para ocupar, a solicitud propia y dentro de la misma  circunscripción político-administrativa, otra notaría de la misma categoría que  se encuentre vacante.    

Que en los artículos 2.2.6.3.1.1., a  2.2.6.3.4.1. del Decreto  número 1069 de 26 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector  Justicia y del Derecho, se compiló el Decreto número  2054 de 2014, reglamentario del derecho de preferencia consagrado en el  numeral 3 del artículo 178 del Decreto ley 960 de  1970 y, en su artículo 2.2.6.3.2.3 se establecieron como causales de  vacancia, las siguientes: “1. Muerte,  2. Renuncia aceptada, 3. Destitución del cargo, 4. Retiro forzoso por cumplir  la edad de 65 años, 5. Declaratoria de abandono del cargo. 6. Ejercicio de  cargo público no autorizado por la ley”.    

Que el día 26 de julio de 2016, teniendo en  cuenta lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 1° del Acuerdo número 003 de  2014 del Consejo Superior de la Carrera Notarial, por el cual se establece el procedimiento operativo para implementar el  derecho de preferencia consagrado en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto ley 960 de  1970, se dio inicio al trámite de recepción de solicitudes de los  notarios de carrera para proveer la vacante generada en la notaría primera (1ª)  del Círculo Notarial de Pereira (Risaralda), tal como lo informa el Secretario  Técnico del Consejo Superior en certificación de fecha 26 de agosto de 2016.    

Que el señor José Helmer Zapata Cardona –  notario séptimo (7°) del Círculo Notarial de Pereira (Risaralda), nombrado en  propiedad mediante el Decreto  número 903 del 16 de marzo de 2009, en virtud del derecho de preferencia  consagrado en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto ley 960 de  1970, a través del escrito de fecha 28 de julio de 2016 solicitó su  designación en la notaría primera (1ª) del Círculo Notarial de Pereira  (Risaralda).    

Que mediante certificación del 26 de agosto  de 2016, el Secretario Técnico del Consejo Superior, informó que “en ejercicio del derecho de preferencia y  para proveer la vacante generada en la Notaría Primera (1a) del Círculo de Pereira  (Risaralda), de conformidad con lo establecido en los artículos 2.2.6.3.1.1. a  2.2.6.3.3.4., del Decreto  número 1069 de 26 de mayo de 2015, Reglamentario Único del Sector Justicia  y del Derecho, y el numeral 1 del artículo 1° del Acuerdo número 003 de 2014  del Consejo Superior, solo se presentó la solicitud del doctor José Helmer  Zapata Cardona – Notario Séptimo (7°) del Círculo de Pereira (Risaralda)”.    

Que a través de comunicación del 17 de  agosto de 2016, suscrita por el Secretario Técnico del Consejo Superior, se  postuló al señor José Helmer Zapata Cardona – notario séptimo (7°) del Círculo  Notarial de Pereira (Risaralda), para ser designado como notario primero (1°)  del Círculo Notarial de Pereira (Risaralda).    

Que en escrito del 17 de agosto de 2016, el  señor José Helmer Zapata Cardona, aceptó la postulación que le hiciera el  Consejo Superior como notario primero (1°) del Círculo Notarial de Pereira  (Risaralda).    

Que mediante certificación del 26 de agosto  de 2016, el Secretario Técnico del Consejo Superior indicó que, “adelantado el trámite contenido en el  Acuerdo número 003 de 2014 para proveer la vacante de la Notaría Primera del  Círculo de Pereira (Risaralda), se debe nombrar al doctor José Helmer Zapata  Cardona – Notario Séptimo del Círculo de Pereira (Risaralda)”.    

Que el Secretario Técnico del Consejo  Superior, mediante documento de 26 de agosto de 2016, certificó que “teniendo en cuenta que el Decreto número  1069 de 2015, reglamentario del numeral 3 del artículo 178 del Decreto ley 960 de  1970, en su artículo 2.2.6.3.2.3. no establece el nombramiento en ejercicio  del Derecho de Preferencia de un notario como causal de vacancia para el  ejercicio del derecho de preferencia, para la provisión de la Notaría Séptima  (7a) del  Círculo de Pereira (Risaralda), no es aplicable el Derecho de Preferencia”.    

Que a través del Acuerdo número 001 del 9 de  abril de 2015, el Consejo Superior de la Carrera Notarial estableció en su  artículo 1° “Convócase a concurso de  méritos público y abierto para el nombramiento de notarios en propiedad e  ingreso a la carrera notarial, para proveer a nivel nacional la totalidad de  notarías que a la fecha se encuentren en interinidad o en encargo, las que se  llegaren a crear durante el desarrollo del concurso y la vigencia de la lista  de elegibles, o las que resulten vacantes después del ejercicio de los derechos  de Carrera”.    

Que mediante Acuerdo número 026 de 29 de  junio de 2016 del Consejo Superior de la Carrera Notarial, se aprobó la lista  definitiva de elegibles en el Concurso de Méritos Público y Abierto para el  Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, y se  ordenó su publicación.    

Que el artículo 150 del Decreto ley 960 de  1970 establece que “el Notario no  podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo  de ellas quien deba remplazarlo”.    

Que de conformidad con la norma anterior el  señor José Helmer Zapata Cardona, deberá permanecer en el cargo de Notario  Séptimo (7°) del Círculo Notarial de Pereira (Risaralda), hasta que se dé  aplicación a lo dispuesto en el artículo 146 del Decreto ley 960 de  1970, y se efectúe el nombramiento en propiedad como resultado del  agotamiento de la lista de elegibles resultado del Concurso de Méritos Público  y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera  Notarial.    

En mérito de lo expuesto.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Nombramiento  en ejercicio del derecho de preferencia. Nómbrase al señor José Helmer  Zapata Cardona, identificado con la cédula de ciudadanía número 10083724 de  Pereira, actual Notario Séptimo (7°) en Propiedad del Círculo Notarial de  Pereira (Risaralda), como Notario Primero (1°) en Propiedad del Círculo  Notarial de Pereira (Risaralda).    

Parágrafo. El señor José Helmer Zapata  Cardona, no podrá separarse del desempeño de sus funciones en el cargo de  Notario Séptimo (7°) en Propiedad del Círculo de Pereira (Risaralda), mientras  no se haya hecho cargo de ellas quien debe remplazarlo.    

Artículo 2°. Acreditación de documentos para tomar posesión del cargo. Para  tomar posesión del cargo, el designado deberá acreditar ante la  Superintendencia de Notariado y Registro, la documentación de ley.    

Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 15 de septiembre de  2016.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Justicia y del Derecho,    

Jorge Eduardo  Londoño Ulloa.    

               

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