DECRETO 1474 DE 2014

Decretos 2014

DECRETO 1474 DE 2014

 (agosto 5)

D.O. 49.234, agosto 5 de 2014

por el cual se modifica la Planta de Personal de la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación.

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 3183 del 2 de septiembre de 2011, se suprimió la Dirección Nacional de Estupefacientes y se ordenó su Liquidación.

Que el Decreto 2177 del 7 de octubre de 2013 prorrogó el término de la liquidación hasta el 31 de julio de 2014.

Que para dar cumplimiento a lo señalado en el referido Decreto se hace necesario suprimir la totalidad de los cargos que continúan en la planta de personal de Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación, que corresponde a cincuenta y ocho (58) empleos.

Que en virtud de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto ley 019 de 2012 y los artículos 95 y 97 del Decreto 1227 de 2005, la Representante Legal de la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica, para efectos de supresión de empleos, la cual obtuvo concepto técnico favorable de este Departamento Administrativo.

Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, emitió viabilidad presupuestal para la modificación de la planta de cargos de la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación.

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímense –de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial– Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación, los siguientes cargos:

N° CARGOS

 DENOMINACIÓN

 CÓDIGO

GRADO

DESPACHO DEL DIRECTOR

2 (DOS)

 ASESOR

1020

12

2 (DOS)

 SECRETARIO EJECUTIVO

4210

24

PLANTA GLOBAL

1 (UNO)

 SUBDIRECTOR GENERAL DE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL

0040

22

1 (UNO)

 JEFE DE OFICINA

0137

18

1 (UNO)

 PROFESIONAL ESPECIALIZADO

2028

22

6 (SEIS)

 PROFESIONAL ESPECIALIZADO

2028

18

15 (QUINCE)

 PROFESIONAL ESPECIALIZADO

2028

15

4 (CUATRO)

 PROFESIONAL UNIVERSITARIO

2044

10

4 (CUATRO)

 PROFESIONAL UNIVERSITARIO

2044

3

7 (SIETE)

 TÉCNICO ADMINISTRATIVO

3124

15

2 (DOS)

 TÉCNICO ADMINISTRATIVO

3124

13

4 (CUATRO)

 TÉCNICO ADMINISTRATIVO

3124

10

2 (DOS)

 TÉCNICO ADMINISTRATIVO

3124

9

1 (UNO)

 TÉCNICO ADMINISTRATIVO

3124

7

1 (UNO)

 SECRETARIO EJECUTIVO

4210

18

1 (UNO)

 CONDUCTOR MECÁNICO

4103

13

4 (CUATRO)

 AUXILIAR ADMINISTRATIVO

4044

12

Parágrafo 1°. En defensa de la garantía de las protecciones especiales, los cargos de los empleados públicos que se encuentren en tal situación y aquellos que por su condición deban permanecer hasta el final de la liquidación de la Entidad, se mantendrán en la planta de personal de la Dirección Nacional de Estupefacientes en liquidación, hasta que cesen las condiciones que dieron origen a la protección o hasta que se declare terminado el proceso de liquidación de la Entidad, fecha a partir de la cual se entenderán retirados automáticamente del servicio.

Parágrafo 2°. Los empleados públicos que ostentan derechos de carrera administrativa y a los cuales se les suprimen los cargos en el presente decreto, tendrán los derechos previstos en el artículo 44 de la Ley 909 de 2004 y sus decretos reglamentarios.

Artículo 2°. Los empleados públicos de la Dirección Nacional de Estupefacientes, cuyos empleos se suprimen en el presente decreto, gozarán de la protección especial de que trata el Capítulo II de la Ley 790 de 2002, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 1444 de 2011.

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2569 de 2003 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 5 de agosto de 2014.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Mauricio Cárdenas Santamaría.

El Ministro de Justicia y del Derecho,

Alfonso Gómez Méndez.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.

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