DECRETO 1414 DE 2015
(junio 25)
D.O. 49.554. junio 25 de 2015
por el cual se prorrogan unos empleos temporales creados en la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y de conformidad con el artículo 21 de la Ley 909 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 prevé que los organismos y entidades pueden contemplar excepcionalmente en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio, para suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo, determinada por hechos excepcionales.
Que el artículo 3° de la Ley 1530 de 2012 consagra que la Comisión Rectora, el Departamento Nacional de Planeación, los Ministerios de Hacienda y Crédito Público, y de Minas y Energía, así como sus entidades adscritas y vinculadas que cumplan funciones en el ciclo de las regalías, son órganos del Sistema General de Regalías.
Que el artículo 30 de la Ley 1744 de 2014, establece que los empleos temporales de las plantas de personal requeridos para el cumplimiento de las funciones de los órganos definidos en el artículo 3° de la Ley 1530 de 2012, son de libre nombramiento y remoción, independientemente del nivel y dependencia a los cuales pertenezcan.
Que para efectos del cumplimiento de las funciones del Sistema General de Regalías el Departamento Nacional de Planeación presentó estudio técnico y justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 19 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para la creación de la planta de empleos temporales, la cual fue aprobada mediante Decreto 1845 de 2012, por la cual se crearon un total de quince (15) empleos, hasta el 30 de junio de 2015.
Que el Departamento Nacional de Planeación presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica para efectos de la prórroga de los empleos creados en su planta temporal de personal, la cual concluye que las necesidades en que se fundó su creación se mantienen vigentes, razón por la cual se emitió concepto favorable en los términos del artículo 2.2.1.1.1 del Decreto 1083 de 2015.
Que la financiación de la planta temporal de personal, vigencia 2015 a 2016 se realizará con recursos del Sistema General de Regalías.
Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió la viabilidad presupuestal, mediante Oficio 2-2015-019386 del 25 de mayo de 2015,
DECRETA:
Artículo 1°. Prórroga. Prorróguese hasta el 31 de diciembre de 2016 la vigencia de los empleos temporales creados mediante Decreto número 1845 del 3 de septiembre de 2012 en la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación.
Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 25 de junio de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
El Subdirector Territorial y de Inversión Pública Encargado las Funciones de Director del Departamento Nacional de Planeación,
Manuel Fernando Castro Quiroz.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Liliana Caballero Durán.