DECRETO 1412 DE 2016

Decretos 2016

DECRETO 1412 DE 2016     

(septiembre 1°)    

D.O. 49.983, septiembre 1° de 2016    

por el cual se  designa Alcaldesa ad hoc para el municipio de El Colegio (Cundinamarca).    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en  particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante oficio del 4 de febrero de  2016, remitido a la Procuraduría Regional de Cundinamarca, el Alcalde del  municipio de El Colegio (Cundinamarca), señor Óscar Mauricio Núñez Jiménez, se  declaró impedido para defender los intereses de ese municipio frente al proceso  penal, radicado bajo número 2011-80196, que cursa ante la Fiscalía 5 de la  Unidad de Delitos contra la Administración Pública, ya que funge como  denunciado por hechos sucedidos cuando se desempeñaba como mandatario de la  citada municipalidad, durante el período constitucional 2008-2011;    

Que mediante auto de fecha 14 de marzo,  aclarado mediante autos del 29 de abril y del 25 de julio de 2016, con número  de Radicación IUS-2016-63593, el Procurador Regional de Cundinamarca aceptó el  impedimento presentado por el doctor Óscar Mauricio Núñez Jiménez, en su  calidad de Alcalde municipal de El Colegio (Cundinamarca);    

Que el Secretario de la Procuraduría  Regional de Cundinamarca solicitó que se designará a un funcionario ad hoc, con  ocasión de la orden impartida por esa Procuraduría, a través del auto del 14 de  marzo, aclarado mediante autos del 29 de abril y del 25 de julio de 2016, con  Radicación IUS 2016-63593;    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°;    

Que con el fin de dar cumplimiento a los  principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, y acatando el auto del  14 de marzo, aclarado mediante autos del 29 de abril y del 25 de julio de 2016,  proferidos por la Procuraduría Regional de Cundinamarca, se hace necesario  designar un Alcalde ad hoc para el municipio de El Colegio, departamento de  Cundinamarca, para que defienda los intereses del municipio, en el proceso  penal radicado bajo número 110016000706201180196, que se tramita en la Fiscalía  5 de la Unidad de Delitos contra la Administración Pública;    

Que no obstante la autonomía consagrada a  favor de las entidades territoriales, el artículo 115 de la Carta Política  establece que forman parte de la Rama Ejecutiva del Poder Público, entre otras,  las alcaldías, y además atribuye al Presidente de la República la condición de  Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa, razón por  la cual le corresponde velar por el estricto cumplimiento de la Constitución  Política y la ley y dar las órdenes necesarias para su cumplida ejecución, de  acuerdo con los numerales 10 y 11 del artículo 189 de la Constitución Política;    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los  casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor  en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del  sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través  del Radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00(2203);    

Que de acuerdo con el Concepto número 2273  del 19 de octubre de 2015, proferido por la Sala de Consulta y Servicio Civil  del Consejo de Estado, la designación de los alcaldes municipales y distritales  ad hoc es de competencia del Presidente de la República;    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación. Desígnase como Alcaldesa ad hoc del municipio de El  Colegio, departamento de Cundinamarca, a la doctora Jeannette Patricia Muñoz  Nieto, identificada con la cédula de ciudadanía número 51982069, quien se  desempeña en el cargo de Profesional Especializado, Grado 13, Código 2028,  dentro de la planta global del Ministerio del Interior, para que defienda los  intereses del municipio, en el proceso penal radicado bajo número  110016000706201180196, que se tramita ante la Fiscalía 5 de la Unidad de  Delitos contra la Administración Pública.    

Artículo 2°. Posesión. La Alcaldesa ad hoc designada en este acto deberá  tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del  artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación. Comuníquese el contenido del presente decreto a la  Alcaldesa ad hoc, al Alcalde del municipio de El Colegio y a la Procuraduría  Regional de Cundinamarca.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 1° de septiembre de  2016.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro del Interior,    

Juan Fernando Cristo Bustos.    

               

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