DECRETO 1411 DE 2014
(julio 31)
D.O. 49.229, julio 31 de 2014
por el cual se crea un círculo notarial y una notaría en el municipio de Santa Rosa del Sur en el departamento de Bolívar, y se dictan otras disposiciones.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 131 de la Constitución Política, en concordancia con el Decreto ley 960 de 1970, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional es consciente de la necesidad de facilitar el acceso al servicio público notarial a quien lo demande y de brindar mayor comodidad a los usuarios en todas las regiones del territorio nacional.
Que ante la Superintendencia de Notariado y Registro se han presentado requerimientos para la creación de una notaría en el municipio de Santa Rosa del Sur, en el departamento de Bolívar.
Que el inciso 3° del artículo 131 de la Constitución Política, establece que “Corresponde al Gobierno, la creación, supresión y fusión de los círculos de notariado y registro y la determinación del número de notarios y oficinas de registro”.
Que con el Decreto número 1028 del 8 de mayo de 1980, se creó el Círculo Notarial de Simití con una notaría de tercera categoría en el mismo municipio, teniendo como comprensión municipal los municipios de Simití y San Pablo en el departamento del Bolívar.
Que con la Ordenanza 021 del 23 de noviembre de 1984 fue elevado a municipio el corregimiento de Santa Rosa del Sur, y por ende se le aplicó el artículo 128 del Decreto ley 960 de 1970 y quedó adscrito al Círculo Notarial de Simití.
Que con el Decreto número 1818 de septiembre 13 de 1993 fue creada la notaría única en el Círculo Notarial de San Pablo, Bolívar.
Que son funciones de la Superintendencia de Notariado y Registro fijar los estándares de calidad requeridos para la prestación de los servicios de notariado y registro de instrumentos públicos y proponer al Gobierno Nacional la creación, supresión y fusión de las notarías, tal como lo establecen los numerales 4 y 11 del artículo 12 del Decreto número 2163 de 2011. En desarrollo de estas funciones el señor Superintendente de Notariado y Registro, mediante comunicación radicada en el Ministerio de Justicia y del Derecho con el EXT14-0020816 del 17 junio de 2014, propuso al Gobierno Nacional la creación del Círculo Notarial de Santa Rosa del Sur, con una notaría de tercera categoría.
Que del estudio técnico “Creación del Círculo Notarial en el municipio de Santa Rosa del Sur, Bolívar con una Notaría”, realizado por la Superintendencia de Notariado y Registro, ajustado en el mes de enero de 2014, considerando la disposición del Gobierno Nacional y la aprobación del Consejo Asesor del Fondo Cuenta Especial para el Notariado, se concluye que los indicadores geográficos y notariales entre otros aspectos, demuestran el crecimiento económico y poblacional de dicho municipio, razón por la cual se recomienda la creación del Círculo Notarial de Santa Rosa del Sur-Bolívar, con una notaría de tercera categoría.
Que la ubicación geoestratégica, el potencial turístico del municipio de Santa Rosa del Sur-Bolívar y la necesidad de mejorar la prestación del servicio notarial, hace indispensable la creación de una nueva notaría que dé respuesta a las actuales circunstancias económico y social del municipio de Santa Rosa del Sur en el departamento de Bolívar.
Que dentro de los objetivos a cargo de la Superintendencia de Notariado y Registro y en el Plan Estratégico Institucional 2012-2014, se encuentra el de incrementar la cobertura y accesibilidad del ciudadano al servicio notarial, mejorar los índices de satisfacción del ciudadano, la rentabilidad social, la conectividad y el posicionamiento de la imagen institucional.
Que para el mejoramiento de la función administrativa en la prestación del servicio notarial en el departamento de Bolívar, se hace necesario segregar el municipio de Santa Rosa del Sur del Círculo Notarial del municipio de Simití y crear el Círculo Notarial de Santa Rosa del Sur, con una Notaría de tercera categoría.
En mérito de lo expuesto:
DECRETA:
Artículo 1°. Segregación. Segrégase el municipio de Santa Rosa del Sur, del Círculo Notarial de Simití, en el departamento de Bolívar, para formar un nuevo círculo notarial, quedando la circunscripción municipal de Simití así:
DEPARTAMENTO: BOLÍVAR
CÍRCULO NOTARIAL
COMPRENSIÓN MUNICIPAL
TOTAL
MUNICIPIOS
CÓDIGO NOTARIAL
CATEGORÍA
DECRETO
DE CREACIÓN
SIMITÍ
SIMITÍ
1
1374400001
ÚNICA
1028/80
TOTAL
1
Fuente: Oficina Asesora de Planeación, 2013.
Artículo 2°. Creación de un círculo notarial. Créase el Círculo Notarial en el municipio de Santa Rosa del Sur, en el departamento de Bolívar.
Para la prestación del servicio público notarial su comprensión municipal y categoría será la siguiente:
DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR
CÍRCULO NOTARIAL
COMPRENSIÓN MUNICIPAL
NOTARÍA
CATEGORÍA
SANTA ROSA DEL SUR
SANTA ROSA DEL SUR
ÚNICA
3a
Fuente: Oficina Asesora de Planeación, 2013.
Artículo 3°. Creación de una notaría. Créase la Notaría Única de tercera categoría en el Círculo Notarial del municipio de Santa Rosa del Sur, en el departamento de Bolívar.
Artículo 4°. Local adecuado. La Superintendencia de Notariado y Registro, verificará que el local en donde funcione la Notaría reúna las condiciones exigidas para la buena prestación del servicio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 159 del Decreto ley 960 de 1970.
Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto número 1028 de 1980, mediante el cual se creó el Círculo Notarial de Simití, en el departamento de Bolívar.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C, a 31 de julio de 2014.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Alfonso Gómez Méndez.