DECRETO 141 DE 2015

Decretos 2015

DECRETO 141 DE 2015    

(enero 23)    

D.O. 49.403, enero 23 de 2015    

por el cual se  modifica el artículo 16 del Decreto 3680 de 2011.    

Nota: Ver Decreto 1066 de 2015  – Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.    

El Presidente de la República de Colombia, en  uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas  en el artículo 189 numeral 11 de la Constitución  Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 306 de la Constitución  Política dispone que dos o más departamentos podrán constituirse en regiones  administrativas y de planificación, con personería jurídica, autonomía y  patrimonio propio; con el objeto principal de contribuir al desarrollo  económico y social del respectivo territorio.    

Que en desarrollo de lo anterior, el artículo  30 de la Ley 1454 de 2011, “por la cual se dictan normas orgánicas sobre  ordenamiento territorial y se modifican otras disposiciones” consagra  que previa autorización de sus respectivas asambleas, y previo concepto de la  Comisión de Ordenamiento Territorial del Senado, los gobernadores de dos o más  departamentos podrán constituir mediante convenio la región administrativa y de  planificación que consideren necesaria para promover el desarrollo económico de  sus territorios y el mejoramiento social de sus habitantes.    

Que de otra parte, el artículo 16 del Decreto 3680 de 2011  “por el cual se reglamenta la Ley 1454 de 2011” dispuso  que tanto la Comisión Especial de Seguimiento al Proceso de Descentralización y  Ordenamiento Territorial del Senado de la República como la de la Cámara de  Representantes, conforme a su competencia, emitirán concepto cuando se presente  solicitud de los gobernadores interesados en constituir, mediante convenio, una  Región Administrativa y de Planificación, previo cumplimento de los requisitos  y procedimientos establecidos por las Mesas Directivas de las Comisiones de  Ordenamiento Territorial del Senado de la República y de la Cámara de  Representantes.    

Que la ley orgánica de ordenamiento  territorial, dentro del procedimiento fijado para la creación de la región  administrativa y de planificación, exige específicamente el concepto previo de  la Comisión de Ordenamiento Territorial del Senado, sin incluir el concepto de  la Comisión de Ordenamiento Territorial de la Cámara de Representantes, como se  cita en el Decreto  Reglamentario 3680 de 2011.    

Que teniendo en cuenta el marco legal vigente,  resulta viable la modificación del artículo 16 del Decreto 3680 de 2011,  ajustándolo a la disposición consagrada en el artículo 30 de la Ley 1454 de 2011,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modifíquese el artículo 16 del Decreto 3680 de 2011,  el cual quedará así:    

“Artículo 16. Concepto previo para constitución de región administrativa y de  planificación. La Comisión Especial de Seguimiento al Proceso de  Descentralización y Ordenamiento Territorial del Senado de la República,  conforme a su competencia y previo el cumplimento de los requisitos y  procedimientos establecidos por su Mesa Directiva, emitirá concepto cuando se  presente solicitud de los gobernadores interesados en constituir, mediante  convenio, una Región Administrativa y de Planificación”.    

Nota, artículo 1°: Ver Decreto 1066 de 2015,  artículo 2.2.1.1.16. – Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo  del Interior.    

Artículo 12. Vigencia. Este decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 23 de enero de 2015.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro del Interior,    

Juan Fernando  Cristo Bustos.    

El Ministro de Ambiente y Desarrollo  Sostenible,    

Gabriel Vallejo  López.    

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio,    

Luis Felipe Henao Cardona.    

El Director del Departamento Nacional de Planeación,    

Simón Gaviria Muñoz.    

               

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