DECRETO 1381 DE 2015

Decretos 2015

DECRETO  1381 DE 2015     

(junio 22)    

D.O.  49.551, junio 22 de 2015    

por el  cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional  y se dictan otras disposiciones    

Nota:  Derogado por el Decreto 1874 de 2021,  artículo 40.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades  constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el numeral 16  del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Estructura. Adicionar el subnumeral 9.5 al numeral 9 del artículo 1° del Decreto 049 de 2003  modificado por los Decretos números 4890 de 2011, 2758 de 2012 y 2369 de 2014, el  cual quedará así:    

“…    

9.5.  DIRECCIÓN CENTRO REHABILITACIÓN INCLUSIVA (DCRI)”.    

Artículo  2°. La Dirección Centro Rehabilitación  Inclusiva (DCRI) será una dependencia del Ministerio de Defensa  Nacional, con autonomía administrativa y financiera sin personería jurídica, de  conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 literal j) de la Ley 489 de 1998.    

Artículo  3°. Funciones de la Dirección Centro  Rehabilitación Inclusiva (DCRI). Son funciones de la Dirección Centro  Rehabilitación Inclusiva (DCRI), las siguientes:    

1.  Coordinar y articular los planes y programas que conlleven a la operatividad  del Sistema de Gestión del Riesgo y Rehabilitación Integral (SGRRI).    

2. Liderar  procesos de investigación y desarrollo de nuevas alternativas de Rehabilitación  Integral en su fase Inclusiva.    

3.  Proponer al Ministro de Defensa Nacional la implementación de políticas en  materia de Rehabilitación Inclusiva.    

4.  Celebrar los contratos y/o convenios que se requieran para el eficaz  funcionamiento de la Dirección Centro Rehabilitación Inclusiva (DCRI), previa  delegación del Ministro de Defensa Nacional.    

5. Dirigir  la administración de los bienes y recursos destinados para el funcionamiento de  la Dirección Centro Rehabilitación Inclusiva (DCRI).    

6.  Dirigir, coordinar y controlar los procesos de la administración del talento  humano, y de los recursos físicos y financieros de la dependencia.    

7. Ejercer  las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de  su dependencia.    

Artículo  4°. Vigencia. El presente  decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica parcialmente el Decreto número  049 de 2003 modificado por los Decretos número 4890 de 2011, 2758 de 2012 y 2369 de 2014 y  demás disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 22 de junio de 2015.    

JUAN  MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Mauricio Cárdenas Santamaría.    

El  Ministro de Defensa Nacional,    

Juan Carlos Pinzón Bueno.    

La  Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Liliana Caballero Durán.    

               

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