DECRETO 1379 DE 2016
(agosto 24)
D.O. 49.975, agosto 24 de 2016
por el cual se deroga el Decreto número 887 del 27 de mayo de 2016, y se designa nuevo Alcalde ad hoc para el municipio de Angostura, Antioquia.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante escrito del 14 marzo de 2016, la doctora Marta Lucía Porras Arenas, en su condición de Alcaldesa del municipio de Angostura, se declaró impedida para intervenir “(…) el proceso judicial adelantado bajo el radicado 2015-00174 del Juzgado Civil – Laboral del Circuito de Yarumal, en el comité de conciliación y en general en los trámites administrativos que demande el asunto (…)” en atención a que dicho proceso fue presentado por ella, a través de apoderado judicial, para que se librara mandamiento de pago en contra de ese municipio.
Que mediante auto de fecha 22 de abril de 2016, con número de radicación IUS 2016- 127979, la doctora María Stella Cuadros Chahin, Procuradora Regional de Antioquia, aceptó el impedimento presentado por la señora Marta Lucía Porras Arenas, en su calidad de Alcaldesa municipal de Angostura, Antioquia.
Que en virtud del artículo 209 de la Constitución Política y con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, y acatando el auto del 22 de abril de 2016, proferido por la Procuradora Regional de Antioquia, se designó Alcalde ad hoc para el municipio de Angostura, departamento de Antioquia, para que conociera de los trámites relacionados con la demanda ejecutiva laboral radicada bajo el número 2015-00174, que cursa en el Juzgado Civil Laboral del Circuito de Yarumal, mediante Decreto número 887 del 27 de mayo de 2016, al doctor Jaime Andrés Ospina Echeverri, funcionario de la planta global del Ministerio del Interior.
Que teniendo en cuenta que mediante Resolución número 0747 del 1° de julio de 2016, proferida por el Ministerio del Interior, se aceptó la renuncia del doctor Jaime Andrés Ospina Echeverri, quien se venía desempeñando como Alcalde ad hoc del municipio de Angostura, departamento de Antioquia, se hace necesario designar a un nuevo funcionario que asuma la orden impartida por la Procuraduría Regional de Antioquia, a través de auto del 22 de abril de 2016, por lo que se procederá a derogar el Decreto número 887 del 27 de mayo de 2016 y a designar nuevo Alcalde ad hoc para el mencionado municipio.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Derogatoria. Deróguese el Decreto número 887 del 27 de mayo de 2016, por el cual se designó al doctor Andrés Opina Echeverri como alcalde ad hoc del municipio de Angostura, departamento de Antioquia.
Artículo 2°. Designación. Desígnase como Alcaldesa ad hoc del municipio de Angostura, departamento de Antioquia, a la doctora Adriana Lucía Díaz Veloza, identificada con la cédula de ciudadanía número 30233804 de Manizales, quien se desempeña en el cargo de Profesional Especializado, Grado 22, Código 2028, dentro de la planta global del Ministerio del Interior, para que conozca de los trámites relacionados con la demanda ejecutiva laboral con radicación número 2015-00174, que cursa en el Juzgado Civil Laboral del Circuito de Yarumal.
Artículo 3°. Posesión. La Alcaldesa ad hoc designada en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 4°. Comunicación. Comuníquese el contenido del presente decreto a la Alcaldesa ad hoc, a la Alcaldesa del municipio de Angostura y a la Procuraduría Regional de Antioquia.
Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 24 de agosto de 2016.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro del Interior,
Juan Fernando Cristo Bustos.