DECRETO 1366 DE 2014
(julio 22)
D.O. 49.220, julio 22 de 2014
por el cual se designa un Superintendente de Industria y Comercio ad hoc.
El Presidente de La República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el doctor Pablo Felipe Robledo Del Castillo, Superintendente de Industria y Comercio, designado mediante Decreto número 2025 de octubre 2 de 2012, a través de la comunicación radicada con el número 1-2014-011068 de mayo 30 de 2014, se declaró impedido para conocer y decidir todos los asuntos que daba atender en ejercicio de sus funciones de Superintendente de Industria y Comercio, en relación con la investigación por presuntas prácticas restrictivas identificada con radicación número 12-061309.
Que mediante la Resolución número 59624 del 11 de octubre de 2013, la Delegatura para la Protección de la Competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio, abrió investigación en contra de la Asociación Nacional de Subastas Ganaderas Asosubastas por presuntamente haberse propuesto un acuerdo de precios sobre las tarifas que deben pagar los usuarios de servicios de subastas ganaderas en contravención a lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 155 de 1959, el numeral 1 del artículo 47 del Decreto 2153 de 1992 y el numeral 2 del artículo 48 del Decreto 2153 de 1992.
Que adicionalmente, se abrió investigación entre otras sociedades, contra Diego Camilo Emura Lozano, en su calidad de representante legal de Proagan.
Que el doctor Pablo Felipe Robledo Del Castillo, Superintendente de Industria y Comercio manifiesta que su padre, el señor Gustavo Robledo Chavarriaga, vivió en unión marital de hecho con María Clemencia Álvarez, ex esposa de Diego Camilo Emura Lozano, uno de los investigados en la actuación administrativa adelantada por la Superintendencia de Industria y Turismo. De igual forma, el doctor Pablo Felipe Robledo Del Castillo, Superintendente de Industria y Comercio expresa que desde hace varios años tiene amistad íntima con Camilo Hiroshi Emura Álvarez, quien además de haber sido empleado de una firma de abogados de la cual fue socio (a saber Rojas, Perez & Robledo Abogados S. A.), es hijo de Diego Camilo Emura Lozano, uno de los investigados en la respectiva actuación administrativa, y de María Clemencia Álvarez, quien fue compañera permanente del padre del señor Superintendente de Industria y Comercio.
Que el señor Ministro de Comercio, Industria y Turismo, estudió la manifestación de impedimento formulada por el doctor Pablo Felipe Robledo Del Castillo, Superintendente de Industria y Comercio, y en aplicación del artículo 30 del Código de lo Contencioso Administrativo, expidió la Resolución número 2927 de fecha julio 3 de 2014, por medio de la cual se acepta el impedimento y se ordena el envío de los documentos a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República para la designación del funcionario ad hoc.
DECRETA:
Artículo 1°. Designar al doctor Luis Guillermo Vélez Cabrera, Superintendente de Sociedades, como Superintendente de Industria y Comercio ad hoc para conocer y decidir todos los asuntos que daba atender en ejercicio de sus funciones de Superintendente de Industria y Comercio, en relación con la investigación por presuntas prácticas restrictivas identificada con radicación número 12-061309.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D. C., a 22 de julio de 2014.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Santiago Rojas Arroyo.