DECRETO 1329 DE 2015

Decretos 2015

DECRETO 1329 DE 2015    

(junio 18)    

D.O. 49.547, junio 18 de  2015    

por el cual se  crea un Consulado Honorario y se nombra un Cónsul Honorario.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las  conferidas por el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  la Ley 17 de 1971 y el Decreto número  952 de 2014, y    

CONSIDERANDO:    

Que de acuerdo con la Convención de Viena sobre Relaciones  Consulares aprobada mediante Ley 17 de 1971, el  Gobierno de Colombia puede disponer la creación de oficinas consulares  dirigidas por Cónsules Honorarios.    

Que de acuerdo al artículo 8° del Decreto  número 952 de 23 de mayo de 2014, “La  propuesta de apertura de una Oficina Consular Honorario estará a cargo  exclusivamente de la Misión Diplomática o a falta de esta, de la Representación  Consular de Carrera con jurisdicción sobre la región donde funcionará la  Representación Consular Honoraria, quien deberá enviar un documento de  propuesta de apertura de la oficina y nombramiento del funcionario consular  honorario que incluirá: la circunscripción consular, clase de oficina a abrir,  conveniencia de la apertura y del nombramiento, así como los fundamentos y  documentos que soportan la propuesta. La propuesta deberá ser elevada a la  Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano para su  estudio y eventual aprobación, la cual requerirá además el concepto favorable  de la Dirección que se ocupe del área geográfica en donde estará el nuevo  Consulado Honorario”.    

Que de acuerdo con lo establecido en el  literal h) del artículo 8° del Decreto número  952 de 2014, “El periodo durante  el cual es designado cónsul honorario, que no podrá exceder de cuatro (4) años,  renovables a solicitud de la Embajada”.    

Que mediante memorando ECLSGT número 134 de  12 de agosto de 2014, la Embajada de Colombia en Chile solicitó la apertura de  un Consulado Honorario de Colombia en Arica, República de Chile, y postuló como  candidata a Cónsul Honorario a la señora Nina Consuegra Donado.    

Que mediante memorando ECLSGT número 56 de  1° de abril de 2015, la Embajada de Colombia en Chile envió los documentos  establecidos como requisitos en el artículo 19 del Decreto número 952 de 23 de  mayo 2014.    

Que mediante memorando I-GAUC-15-013548 del  13 de abril de 2015, el Grupo Interno de Trabajo de Asuntos Consulares solicitó  a la Dirección de América concepto favorable para la apertura del Consulado  Honorario de Colombia en Arica, República de Chile, el cual fue recibido  mediante memorando I-DIA-15-017531 del 21 de mayo de 2015.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Créase el Consulado Honorario de Colombia en Arica, República de  Chile, con circunscripción en la Región de Arica y Parinacota.    

Artículo 2°. Desígnase a la señora Nina Consuegra Donado  como Cónsul Honoraria de Colombia en la ciudad de Arica, República de Chile;  por un periodo de cuatro (4) años.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 18 de junio de  2015.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

María Ángela  Holguín Cuéllar.    

               

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