DECRETO 1163 DE 2014
(junio 24)
D.O. 49.193, junio 25 de 2014
por el cual se modifica el Decreto 1091 de 1995.
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4° de 1992,
DECRETA:
Artículo 1°. A partir de julio de 2014, adiciónese al artículo 8° del Decreto 1091 de 1995, los siguientes literales:
“d) El cinco por ciento (5%) del sueldo básico a partir del quinto año de servicio en el grado de Patrullero y el uno por ciento (1%) más por cada año que permanezca en el mismo grado, sin sobrepasar el veinticinco por ciento (25%);
e) El uno por ciento (1%) del sueldo básico por el primer año en el grado de subintendente y un uno por ciento (1%) más por cada año que permanezca en el mismo grado, sin sobrepasar el siete por ciento (7%);
f) El intendente jefe, continuará con el siete por ciento (7%) que venía devengando”.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 24 de junio de 2014.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
Mauricio Cárdenas Santamaría.
El Ministro de Defensa Nacional,
Juan Carlos Pinzón Bueno.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.