DECRETO 1113 DE 2016

Decretos 2016

DECRETO 1113 DE 2016     

(julio 11)    

D.O. 49.931, julio 11 de 2016    

por el cual se delega una función en el  Ministro de Justicia y del Derecho.    

Nota: Derogado por el Decreto 541 de 2017,  artículo 2º.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que  le confieren los artículos 211 de la Constitución Política y  9° de la Ley 489 de 1998.    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 211 de la Constitución  Política consagra que la ley señalará las funciones que el Presidente de la  República podrá delegar en los ministros, directores de departamentos  administrativos, representantes legales de entidades descentralizadas,  superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del Estado que la misma ley  determine.    

Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998  dispone que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la  Constitución Política y de conformidad con la ley, podrán, mediante acto de delegación,  transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades,  con funciones afines o complementarias.    

Que al Presidente de la República, además de  las funciones constitucionales, le han sido asignadas competencias o funciones  en el Decreto ley 960 de  1970 relacionadas, entre otras, con la designación de los notarios de  primera categoría.    

Que el numeral 1 del artículo 74 de la Ley 1437 de 2011  señala que contra los actos administrativos procede el recurso de reposición,  ante quien expide la decisión para que la aclare, modifique, adicione o  revoque.    

Que, en aplicación de los artículos 209 y 211 de la Constitución, es  necesario delegar en el Ministro de Justicia y del Derecho las funciones  relacionadas con el trámite y decisión de recursos de reposición interpuestos  contra actos administrativos relacionados con asuntos notariales.    

DECRETA:    

Artículo 1º. Delegación en el Ministro de Justicia y del Derecho. Delégase en  el Ministro de Justicia y del Derecho la función de tramitar y decidir los  recursos de reposición interpuestos contra actos administrativos relacionados  con asuntos notariales.    

Artículo 2º. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 11 de julio de  2016.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Justicia y del Derecho,    

Jorge Eduardo Londoño Ulloa.    

               

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