DECRETO 1098 DE 2014
(junio 17)
D.O. 49.185, junio 17 de 2014
por el cual se designa un Superintendente de Industria y Comercio ad hoc.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 12 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y
CONSIDERANDO:
Que el doctor Pablo Felipe Robledo del Castillo, Superintendente de Industria y Comercio, designado mediante decreto 2025 de octubre 2 de 2012, a través de la comunicación radicada con el número 1-2014-005683 de marzo 18 de 2014, se declaró impedido para conocer y decidir todas las actuaciones que se adelantan con respecto al escrito radicado con el número 14-051931 del 11 de marzo de 2014, mediante el cual, EPM, realizó una solicitud de preevaluación de la operación de integración proyectada entre EPM e Isagén, en virtud de la cual EPM pretende adquirir las acciones que la Nación posee en Isagén, de conformidad con el Decreto 1609 de 2013.
Que el doctor Pablo Felipe Robledo del Castillo, Superintendente de Industria y Comercio, adujo como razón de impedimento, que tiene una amistad íntima o entrañable desde hace varios años con el señor José Antonio Vargas Lleras, por lo que no es posible tramitar y tomar una decisión frente a la integración empresarial entre EPM e Isagén, ya que tal actividad afectaría el interés propio de la función pública. Lo anterior en la medida que la EEB (una empresa vinculada a Emgesa), también está interesada en adquirir la participación que la Nación tiene en Isagén y, por consiguiente, será competidora directa de EPM en dicho proceso. En este orden de ideas, se encuentra impedido para pronunciarse respecto de dicha solicitud de preevaluación y todo lo relacionado con el asunto.
Que el señor Ministro de Comercio, Industria y Turismo, estudió la manifestación de impedimento formulada por el doctor Pablo Felipe Robledo del Castillo, Superintendente de Industria y Comercio, y en aplicación de los artículos 11 y 12 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, expidió la Resolución número 2226 de fecha 23 de mayo de 2014, por medio de la cual se acepta el impedimento y se ordena el envío de los documentos a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República para la designación del funcionario ad hoc.
DECRETA:
Artículo 1°. Designar al doctor Luis Guillermo Vélez Cabrera, Superintendente de Sociedades, como Superintendente de Industria y Comercio ad hoc para conocer y decidir todas las actuaciones que se adelantan con respecto al escrito radicado con el número 14-051931 del 11 de marzo de 2014, mediante el cual, EPM, realizó una solicitud de preevaluación de la operación de integración proyectada entre EPM e Isagén, en virtud de la cual Empresas Públicas de Medellín E.S.P. –EPM, pretende adquirir las acciones que la Nación posee en Isagén, de conformidad con el Decreto 1609 de 2013.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase
Dado en Bogotá D. C., a 17 de junio de 2014.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Santiago Rojas Arroyo.