DECRETO 1096 DE 2016
(julio 11)
D.O. 49.931, julio 11 de 2016
por el cual se designa un Director General de la Policía Nacional de Colombia ad hoc.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 42 numeral 1, literal a) del Decreto ley 1791 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministro de Defensa Nacional mediante auto de fecha 17 de junio de 2016, en ejercicio de las facultades legales conferidas por el artículo 12 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los artículos 38 de la Ley 489 de 1998, 34 del Decreto 1512 de 2000, 9 y 10 de la Ley 62 de 1993, resolvió aceptar el impedimento declarado por el señor Mayor General Jorge Hernando Nieto Rojas, Director General de la Policía Nacional de Colombia, para conocer y resolver el recurso de apelación presentado contra las Resoluciones número 01674 del 3 de diciembre de 2015 dentro del expediente prestacional número 13.389.850 SC. (F) Alexánder Lobo Rodríguez y 00146 del 11 de febrero de 2016 dentro del expediente prestacional número 1.082.860.065 PT. (F) Elmer Alfonso López Granados.
Que de acuerdo con lo anteriormente indicado, es procedente designar un Director General de la Policía Nacional de Colombia ad hoc, para conocer y resolver los recursos de apelación, obrantes dentro de los expedientes prestacionales números 13.389.850 SC. (F) Alexánder Lobo Rodríguez y 1.082.860.065 PT. (F) Elmer Alfonso López Granados.
DECRETA:
Artículo 1°. Designación. Desígnese como Director General de la Policía Nacional de Colombia ad hoc, al señor Mayor General Rodríguez Peralta Jorge Enrique, identificado con la cédula de ciudadanía número 79339563, Director de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional, para que avoque el conocimiento y resuelva el recurso de apelación presentado contra las Resoluciones números 01674 del 3 de diciembre de 2015 y 00146 del 11 de febrero de 2016.
Artículo 2°. Comunicación. Por intermedio de la Subdirección General de la Policía Nacional, comuníquese el contenido del presente decreto al Director General de la Policía Nacional de Colombia titular, al Director General de la Policía Nacional de Colombia ad hoc designado en el presente acto administrativo, así como a los sujetos procesales.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 11 de julio de 2016
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Defensa Nacional,
Luis C. Villegas Echeverri.