DECRETO 1055 DE 2016
(junio 27)
D.O. 49.917, junio 27 de 2016
por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Educación Nacional.
Nota: Corregido por el Decreto 1209 de 2016.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y,
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Educación Nacional presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto ley 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto número 1083 de 2015, con el fin de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió concepto favorable para la modificación de la planta de personal.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Corregido por el Decreto 1209 de 2016, artículo 1º. Supresión de cargos. Se suprime de la planta de personal del Ministerio de Educación Nacional el siguiente cargo:
PLANTA GLOBAL
No. de Cargos
Dependencia y denominación del empleo
Código
Grado
1 (uno)
Asesor
1020
10
Texto inicial del artículo 1º: “Supresión de cargos. Se suprime de la planta de personal del Ministerio de Educación Nacional el siguiente cargo:
PLANTA GLOBAL
N.° DE CARGOS
DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL EMPLEO
CÓDIGO
GRADO
DESPACHO MINISTRA
1 (Uno)
Asesor
1020
10
Artículo 2°. Creación de cargo. Se crea en la Planta de Personal del Ministerio de Educación Nacional el siguiente cargo:
N.° DE CARGOS
DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL EMPLEO
CÓDIGO
GRADO
DESPACHO MINISTRA
1 (Uno)
Asesor
1020
10
Artículo 3°. Provisión del empleo. La provisión del empleo creado mediante el presente decreto se efectuará conforme a las disposiciones previstas en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto número 1083 de 2015, en lo que resulte pertinente.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos números 4674 de 2006 y 5013 de 2009.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de junio de 2016.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
La Ministra de Educación Nacional,
Gina María Parody D’Echeona
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Lilia Caballero Durán.