DECRETO 1052 DE 2016

Decretos 2016

DECRETO 1052 DE 2016     

(junio 27)    

D.O. 49.917, junio 27 de  2016    

por el cual se  hace un nombramiento.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las  que le confieren el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y  en desarrollo de lo previsto en el artículo 20 de la Ley número 1341 de  2009, modificado por el artículo 207 de la Ley número 1753 de  2015, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 20 de la Ley número 1341 de  2009 establece que la Comisión de Regulación de Comunicaciones tendrá la  siguiente composición: “El Ministro de Tecnologías de la Información y las  Comunicaciones, o el Viceministro general como su delegado, el Director del  Departamento Nacional de Planeación o el Subdirector como su delegado, y tres  (3) comisionados de dedicación exclusiva para períodos de cuatro (4) años, no  sujetos a las disposiciones que regulan la carrera administrativa. Los  comisionados serán designados por el Presidente de la República los cuales  podrán ser abogados, ingenieros electrónicos o de telecomunicaciones o  economistas. En todo caso, al menos un comisionado deberá ser ingeniero. Los  comisionados deben ser ciudadanos colombianos mayores de 30 años, con título de  pregrado y maestría o doctorado afines, y con  experiencia mínima relacionada de ocho (8) años en el ejercicio profesional.  (…)”.    

Que el doctor Germán Enrique Bacca Medina, identificado con cédula de ciudadanía número  86048123 de Villavicencio, cumple con los requisitos previstos en el artículo  20 de la Ley número 1341 de  2009, para ser Experto Comisionado de la Comisión de Regulación de  Comunicaciones.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Nómbrase  al doctor Germán Enrique Bacca Medina, identificado  con cédula de ciudadanía número 86048123 de Villavicencio, en el cargo de  Experto Comisionado de la Comisión de Regulación de Comunicaciones.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de junio de 2016    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Tecnologías de la Información  y las Comunicaciones,    

David Luna  Sánchez.    

               

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