DECRETO 873 DE 2012

Decretos 2012

 DECRETO 873 DE 2012

 (abril 27)

D.O. 48.414, abril 27 de 2012

 por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa en Liquidación.

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de lo previsto en el parágrafo 1° del artículo 2° del Decreto ley 254 de 2000, modificado por el artículo 2° de la Ley 1105 de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 175 de 2010 dispuso la supresión y liquidación de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa, creada mediante la Ley 643 de 2001 y reestructurada por Decreto 146 de 2004, vinculada al entonces Ministerio de la Protección Social, señalando que para todos los efectos utilizaría la denominación Empresa Territorial para la Salud, Etesa en Liquidación, proceso liquidatorio que debía concluir en un plazo no superior a un (1) año, contado a partir de la fecha de entrada en vigencia del Decreto 175, ya citado.

Que mediante Decreto 4961 de 2011, el Gobierno Nacional prorrogó el plazo de la liquidación de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa en liquidación, hasta el 30 de abril de 2012, con el fin de que continuara los trámites faltantes para culminar la liquidación y continuar cumpliendo las funciones de finiquitar la depuración de la cartera y culminar el inventario de los bienes objeto de reversión, y ejerciera sus facultades legales en relación con las funciones atribuidas a la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos) en los términos señalados en el Decreto ley 4142 de 2011.

Que el artículo 22 del decreto antes mencionado señaló que la Empresa Territorial para la Salud, Etesa en Liquidación, tiene el deber de colaboración a Coljuegos para que el proceso de puesta en funcionamiento de esta Empresa se lleve a cabo bajo un esquema que observe los principios de coordinación, eficiencia y celeridad.

Que Coljuegos inició su puesta en funcionamiento el pasado 10 de abril y, en desarrollo de lo anterior y en virtud de los principios de economía, eficiencia y celeridad, Etesa en liquidación debe culminar las gestiones necesarias para hacer entrega de los bienes, derechos y obligaciones, incluidos los procesos judiciales y archivos debidamente inventariados, así como la documentación debidamente foliada y relacionada de los contratos a cargo de Coljuegos, tal como lo disponen los artículos 20 y 21 del Decreto 4142 de 2011.

Que mediante comunicación radicada bajo el No. 78861 del 20 de abril de 2012, dirigida a la señora Ministra de Salud y Protección Social, el Liquidador de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa en Liquidación, solicitó prorrogar el plazo de la liquidación hasta el 31 de agosto de 2012, con el fin de realizar las actividades descritas anteriormente, así como para finiquitar las actividades propias del cierre contable y administrativo del proceso liquidatorio de la entidad.

Que en virtud de lo anterior, la Empresa Territorial para la Salud, Etesa en Liquidación, adelantará las actividades necesarias para finalizar la liquidación a que se ha hecho referencia, hasta el 31 de agosto de 2012.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º. Prorrogar el plazo dispuesto para la liquidación de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa en Liquidación, establecido en el artículo 1º del Decreto 175 de 2010, prorrogado mediante el artículo 1º del Decreto 4816 de 2010 y el artículo 1° del Decreto 4961 de 2011, hasta el treinta y uno (31) de agosto de 2012.

Parágrafo. En el evento que las actividades que sustentan la prórroga establecida en este artículo puedan concluirse antes del término allí señalado, el liquidador procederá al cierre inmediato de la liquidación.

Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 175, 4816 de 2010 y 4961 de 2011.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de abril de 2012.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Carlos Echeverry Garzón.

La Ministra de Salud y Protección Social,

Beatriz Londoño Soto.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.

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