DECRETO 670 DE 2012
(marzo 29)
D.O. 48.387, marzo 29 de 2012
por el cual se establece la planta de personal de la Agencia Nacional de Contratación Pública– “Colombia Compra Eficiente”, y se dictan otras disposiciones.
Nota: Modificado por el Decreto 1182 de 2020 y por el Decreto 1823 de 2019.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorgan el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 18 de la Ley 1444 de 2011 concedió facultades extraordinarias al Presidente de la República para, entre otros asuntos, crear organismos de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y fijarle sus objetivos y estructura.
Que en uso de las facultades extraordinarias establecidas en los literales e) y f) del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, el Presidente de la República, mediante Decreto 4170 de 2011, creó la Unidad Administrativa Especial Agencia Nacional de Contratación Pública– “Colombia Compra Eficiente”, estableció su estructura, y ordenó la adopción de la planta de personal necesaria para su funcionamiento.
Que en cumplimiento del artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto ley 019 de 2012 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de establecer la planta de personal de la Agencia Nacional de Contratación Pública– “Colombia Compra Eficiente”, el Departamento Nacional de Planeación presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico, y este lo encontró ajustado técnicamente, por lo cual, emitió concepto técnico favorable.
Que la Agencia Nacional de Contratación Pública– “Colombia Compra Eficiente”, cuenta con certificado de viabilidad presupuestal otorgado por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para el propósito de crear su planta de personal.
DECRETA:
Artículo 1°. Las funciones propias de la Agencia Nacional de Contratación Pública– “Colombia Compra Eficiente”, – serán atendidas por la planta de personal que se establece a continuación:
N° de Cargos
Denominación del cargo
Código
Grado
DESPACHO DIRECTOR
1 (uno)
Director General de Agencia
E3
07
3 (tres)
Experto
G3
05
1 (uno)
Experto
G3
04
PLANTA GLOBAL
1 (uno)
Secretario General de Agencia
E6
04
3 (tres)
Subdirector Técnico de Agencia
E5
04
9 (nueve)
Gestor
T1
15
3 (tres)
Gestor
T1
11
2 (dos)
Analista
T2
06
3 (tres)
Analista
T2
04
5 (cinco)
Analista
T2
02
4 (cuatro)
Técnico Asistencial
O1
12
5 (cinco)
Técnico Asistencial
O1
07
Artículo 2°. El Director General de la Agencia Nacional de Contratación Pública– “Colombia Compra Eficiente”, mediante acto administrativo, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará al personal teniendo en cuenta la organización interna, los planes, los programas y las necesidades del servicio de la Agencia.
Artículo 3°. Los empleos de la planta de personal de la Agencia Nacional de Contratación Pública– “Colombia Compra Eficiente”, serán provistos de conformidad con las disposiciones vigentes sobre la materia, en particular las previstas en la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1227 de 2005 y demás normas que las adicionen, modifiquen o sustituyan.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D. C., a los 29 de marzo de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Carlos Echeverry Garzón.
El Director del Departamento Nacional de Planeación,
Mauricio Santa María Salamanca.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.