DECRETO 404 DE 2012
(febrero 21)
D.O. 48.350, febrero 21 de 2012
por el cual se modifica la estructura del Fondo Nacional de Garantías –FNG– y se determinan las funciones de sus dependencias.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Junta Directiva del Fondo Nacional de Garantías S. A. – FNG, según Acta número 383, en sesión del 29 de junio de 2011, acordó someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la estructura de la Entidad.
DECRETA:
CAPÍTULO I
Estructura
Artículo 1°. Estructura. El Fondo Nacional de Garantías S. A. – FNG tendrá la siguiente estructura:
ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS
JUNTA DIRECTIVA
1. PRESIDENCIA
1.1 Oficina de Control Interno
2. VICEPRESIDENCIA COMERCIAL Y DE MERCADEO
3. VICEPRESIDENC FINANCIERA
4. VICEPRESIDENCIA JURÍDICA Y ADMINISTRATIVA
5. GERENCIA DE PLANEACIÓN Y RIESGO
6. GERENCIA DE OPERACIONES
7. GERENCIA DE TECNOLOGÍA
8. ÓRGANOS DE ASESORÍA Y COORDINACIÓN
8.1 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno
CAPÍTULO II
Dependencias y funciones
Artículo 2°. Órganos de Dirección y Administración. La Asamblea General de Accionistas y la Junta Directiva de la Entidad cumplirán las funciones señaladas en la ley, en los Estatutos Sociales del Fondo Nacional de Garantías S. A. – FNG, y en las demás disposiciones legales vigentes.
Artículo 3°. Gerencia de Operaciones. Son funciones de la Gerencia de Operaciones, las siguientes:
1. Garantizar la eficacia de la gestión operativa en la administración y control de las garantías, observando el estricto cumplimiento de las políticas definidas por la Junta Directiva y la Presidencia del Fondo, velando por la eficiencia, calidad, oportunidad y seguridad en el registro y administración de la información de garantías.
2. Dirigir las relaciones derivadas de la administración de garantías y garantizar que estas contribuyan a optimizar la relación con los clientes.
3. Administrar los procesos operativos de recuperación de cartera derivados de la administración de las garantías, dando cumplimiento a las políticas definidas por la Junta Directiva y la Presidencia del Fondo.
4. Administrar, organizar y controlar las actividades propias del cumplimiento y el registro contable de las operaciones de tesorería y pagaduría, de acuerdo a la normatividad vigente, dando estricto cumplimiento a las políticas definidas por la Junta Directiva y la Presidencia del Fondo.
5. Las demás funciones que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 4°. Gerencia de Tecnología. Son funciones de la Gerencia de Tecnología, las siguientes:
1. Dirigir y controlar el desarrollo, implementación y correcto funcionamiento de los sistemas de información y los recursos tecnológicos, de acuerdo con las necesidades, los planes y políticas de la Entidad.
2. Definir las políticas de seguridad, manejo y adecuado uso de los recursos tecnológicos de la entidad para garantizar la seguridad, confiabilidad y oportunidad de información.
3. Contribuir en el diseño, montaje e implementación de los productos de la entidad, garantizando la eficiencia en su operación a través del desarrollo o mejoramiento de los sistemas de información de la entidad.
4. Las demás funciones que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.
CAPÍTULO III
Disposiciones laborales
Artículo 5°. Adopción de la nueva planta de personal. De conformidad con la estructura establecida por el presente decreto, la Junta Directiva procederá a determinar la planta de personal del Fondo Nacional de Garantías S. A. – FNG, para someterla a aprobación del Gobierno Nacional.
Artículo 6°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el artículo 9° del Decreto número 1595 del 2004 y las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de febrero de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Carlos Echeverry Garzón.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Sergio Díaz-Granados Guida.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.