DECRETO 382 DE 2012

Decretos 2012

 DECRETO 382 DE 2012

(febrero 16)

 D.O. 48.345, febrero 16 de 2012

por el cual se modifica la Planta de Personal del Ministerio de Minas y Energía.

Nota 1: Modificado por el Decreto 31 de 2022.

 Nota 2: Adicionado por el Decreto 2586 de 2012.

El Presidente de La República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 literales m y n de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Minas y Energía presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.

Que el Ministerio de Minas y Energía, para el propósito de modificar su planta de personal cuenta con certificado de viabilidad presupuestal de la Dirección General Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

DECRETA:

Artículo 1. Suprímense de la Planta de Personal del Ministerio de Minas y Energía, los siguientes empleos:

Número de Cargos

Dependencia y Denominación del Cargo

Código

Grado

DESPACHO DEL MINISTRO

1 (Uno)

Secretario Ejecutivo Despacho Ministro

4212

25

DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE MINAS Y ENERGIA

1 (Uno)

Auxiliar Administrativo

4044

14

1 (Uno)

Conductor Mecánico

4103

13

PLANTA GLOBAL

1 (Uno)

Jefe Oficina

0137

20

2 (Dos)

Profesional Especializado

2028

17

1(Uno)

Profesional Especializado

2028

12

5 (Cinco)

Profesional Universitario

2044

11

4 (Cuatro)

Técnico Operativo

3132

14

6 (Seis)

Auxiliar de Servicios Generales

4064

13

Artículo 2°. Los servidores públicos que vienen desempeñando los siguientes empleos en la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía, serán incorporados en cargos equivalentes de la planta de personal que se establezca para la Agencia Nacional de Hidrocarburos:

Número de Cargos

Dependencia y Denominación del Cargo

Código

Grado

DESPACHO DEL MINISTRO

2 (Dos)

Profesional Especializado

2028

17

1 (Uno)

Profesional Especializado

2028

12

5 (Cinco)

Profesional Universitario

2044

11

4 (Cuatro)

Técnico Operativo

3132

14

Artículo 3°. Modificado en lo pertinente por el Decreto 31 de 2022, artículo 1º. Créanse los siguientes empleos en la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía:

Número de Cargos

Dependencia y Denominación del Cargo

Código

Grado

DESPACHO DEL MINISTRO

1 (Uno)

Asesor

1020

18

5 (Cinco)

Asesor

1020

16

1 (Uno)

Asesor

1020

10

1 (Uno)

Profesional Especializado

2028

23

1 (Uno)

Profesional Especializado

2028

21

3 (Tres)

Profesional Especializado

2028

15

2 (Dos)

Secretario Ejecutivo

4210

18

DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE ENERGIA

1 (Uno)

Asesor

1020

16

1 (Uno)

Profesional Especializado

2028

14

 DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE MINAS

2 (Dos)

Asesor

1020

16

1 (Uno)

Asesor

1020

14

1 (Uno)

Asesor

1020

12

1 (Uno)

Asesor

1020

10

1 (Uno)

Profesional Universitario

2044

9

1 (Uno)

Conductor Mecánico

4103

19

Número de Cargos

Dependencia y Denominación del Cargo

Código

Grado

PLANTA GLOBAL

3 (Tres)

Jefe Oficina

0137

21

1 (Uno)

Subdirector Administrativo y Financiero

0150

21

1 (Uno)

Subdirector Administrativo

0150

21

1 (Uno)

Asesor

1020

16

1 (Uno)

Jefe Oficina Asesora de Planeación

1045

16

18 (Dieciocho)

Profesional Especializado

2028

23

15 (Quince)

Profesional Especializado

2028

21

19 (Diecinueve)

Profesional Especializado

2028

19

2 (Dos)

Profesional Especializado

2028

18

1 (Uno)

Profesional Especializado

2028

17

2 (Dos)

Profesional Especializado

2028

16

3 (Tres)

Profesional Especializado

2028

15

1 (Uno)

Profesional Especializado

2028

14

1 (Uno)

Profesional Especializado

2028

13

1 (Uno)

Técnico Administrativo

3124

18

Número de Cargos

Dependencia y Denominación del Cargo

Código

Grado

3 (Tres)

Técnico Administrativo

3124

17

6 (Seis)

Auxiliar Administrativo

4044

13

1 (Uno)

Secretario Ejecutivo

4210

24

Artículo 4°. El Ministro de Minas y Energía distribuirá los cargos de la Planta Global a que se refiere el artículo 3 del presente Decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.

Artículo 5°. La incorporación de los funcionarios a la nueva Planta de Personal que se adopte en el presente Decreto, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los siguientes 30 días calendario, contados a partir de la fecha de su publicación.

Los empleados públicos vinculados continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación en la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.

Artículo 6°. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y el Decreto reglamentario 1227 de 2005 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.

Artículo 7°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 16 de febrero de 2012.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Carlos Echeverry Garzón.

El Ministro de Minas y Energía,

Mauricio Cárdenas Santamaría.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *