DECRETO 3038 DE 2013
(diciembre 27)
D.O. 49.016, diciembre 27 de 2013
por el cual se aclara el artículo 1° del Decreto número 2730 de 23 de noviembre de 2013.
Nota: Derogado por el Decreto 1471 de 2016, artículo 2º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 189 numeral 13 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° del Decreto número 2730 de 23 de noviembre de 2013, que designó al representante del Presidente de la República en la Junta Directiva del Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas (Fogacoop), contiene un imprecisión en relación con el nombre identificación de la persona designada, que es necesario corregir.
DECRETA:
Artículo 1°. Aclárase el artículo 1° del Decreto número 2730 de 23 de noviembre de 2013, el cual quedará así:
“Artículo 1°. Desígnase como representante del señor Presidente de la República ante la Junta Directiva del Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas (Fogacoop), como miembro principal, al doctor Álvaro Edmundo Villota Bernal, identificado con la cédula e ciudadanía número 12964368 de Pasto-Nariño”.
Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga el artículo 1° del Decreto número 2730 de 23 de noviembre de 2013.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de diciembre de 2013.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.