DECRETO 3017 DE 2013

Decretos 2013

DECRETO 3017 DE 2013

(diciembre 27)

D.O. 49.016, diciembre 27 de 2013

por el cual se designa un miembro del Consejo Técnico de la Contaduría Pública.

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley 1314 de 2009 y el parágrafo del artículo 3° del Decreto número 691 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso 2° del parágrafo del artículo 11 de la Ley 1314 de 2009, señala que por lo menos una cuarta parte de los miembros del Consejo Técnico de la Contaduría Pública serán designados por el Presidente de la República de ternas enviadas por diferentes entidades tales como: Asociaciones de Contadores Públicos, Facultades de Contaduría, Colegios de Contadores Públicos y Federaciones de Contadores y que las ternas serán elaboradas por las anteriores organizaciones, a partir de una lista de elegibles conformada mediante concurso público de méritos que incluya examen de antecedentes laborales, examen de conocimientos y de experiencia;

Que el Decreto número 691 del 4 de marzo de 2010, “por el cual se modifica la conformación del Consejo Técnico de la Contaduría Pública y se dictan otras disposiciones”, en su artículo 2° estableció que el Consejo Técnico de la Contaduría Pública estará conformado por cuatro (4) miembros, de los cuales tres (3) deben ser contadores públicos;

Que el Decreto número 691 de 2010, en su artículo 4°, dispuso que la designación del cuarto (4) miembro del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, quien deberá ser contador público, se haga por el Presidente de la República y estableció el procedimiento para la conformación de las ternas, mediante convocatoria del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a las entidades indicadas en el artículo 3° de dicho decreto, para que conformen las ternas mediante concurso público de méritos, el cual se adelantará de manera individual o conjunta, a través de la universidad o institución pública o privada experta en procesos de selección, de acuerdo con las condiciones indicadas en la convocatoria;

Que el artículo 6° del Decreto número 691 de 2010, dispone que los miembros del Consejo Técnico de la Contaduría Pública ejercerán sus funciones por un período de cuatro (4) años;

Que mediante la Resolución número 1998 del 21 de mayo de 2013, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo estableció el procedimiento para convocar a las entidades facultadas para conformar las ternas para la designación de una cuarta parte de los miembros del Consejo Técnico de la Contaduría Pública por parte por parte del Presidente de la República;

Que de acuerdo con el artículo 3° de la Resolución número 1998 de 2013, se inscribieron a la convocatoria, el Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia y la Federación de Contadores Públicos de Colombia;

Que el Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia, como entidad facultada dentro del proceso para la designación del cuarto miembro del Consejo Técnico de la Contaduría Pública suscribió un contrato con la Universidad de la Salle de la ciudad de Bogotá, quien adelantó todas las etapas del concurso público de méritos y rindió al Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia su informe final mediante comunicación con fecha 30 de octubre de 2013;

Que el instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia, mediante Comunicación número 1-2013-025318 de fecha 5 de noviembre de 2013 presentó al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo la terna para la designación del cuarto miembro del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, compuesta por las siguientes personas:

Nombre

Documento de identidad

Puntaje obtenido en las pruebas Universidad de la Salle

1

Daniel Sarmiento Pavas 79262834

75.62

2

Wílmar Franco Franco 15987112

66.24

3

Gabriel Gaitán León 79569499

65.17

Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo dio traslado de dicha terna a la Presidencia de la República, con el objeto de que se designe el cuarto miembro del Consejo Técnico de la Contaduría Pública;

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°. Designación. Desígnese al doctor Daniel Sarmiento Pavas, identificado con la cédula de ciudadanía número 79262834, como miembro del Consejo Técnico de la Contaduría Pública.

Artículo 2°. Período. El doctor Sarmiento Pavas ejercerá sus funciones como miembro del Consejo Técnico de la Contaduría por un periodo de cuatro (4) años, contados a partir de la fecha de aceptación de la presente designación.

Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir del 1° de enero de 2014.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de diciembre de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,

Santiago Rojas Arroyo.

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