DECRETO 2775 DE 2012
(diciembre 28)
D.O. 48.658, diciembre 29 de 2012
por el cual se establece la planta de personal del Instituto Nacional de Salud (INS) y se dictan otras disposiciones.
Nota: Ver Decreto 780 de 2016, artículo 4.1.2, que dejó excluido de la derogatoria integral este decreto. Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que les confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto número 4109 de 2011 cambió la naturaleza jurídica del Instituto Nacional de Salud (INS), de establecimiento público a Instituto Científico y Técnico, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, el cual continúa denominándose Instituto Nacional de Salud (INS), y adecuó la estructura orgánica a la nueva naturaleza jurídica.
Que el artículo 11 del Decreto número 4109 del 2 de noviembre de 2011, determina que se debe adecuar la organización y funcionamiento interno del Instituto a la nueva naturaleza jurídica.
Que el artículo 8° de la Ley 1438 de 2011 establece que el Observatorio Nacional de Salud se debe crear como una dependencia del Instituto Nacional de Salud.
Que el Instituto Nacional de Salud – INS, presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto ley 019 de 2012, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Que el Instituto Nacional de Salud para el propósito de modificar su planta de personal cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Que el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Salud, mediante acta del 2 de marzo de
2012, aprobó la propuesta de planta de personal y decidió someterla a consideración del Gobierno Nacional para su aprobación.
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímanse de la planta de personal del Instituto Nacional de Salud, los siguientes cargos:
N° de cargos
Dependencia y denominación del cargo
Código
Grado
DESPACHO DEL DIRECTOR
1 (Uno)
Director General
0015
20
2 (Dos)
Asesor
1020
10
PLANTA GLOBAL
1 (Uno)
Secretario General
0037
16
4 (Cuatro)
Subdirector General
0040
16
1 (Uno)
Jefe de Oficina
0137
14
1 (Uno)
Jefe de Oficina Asesora de Planeación
1045
08
1 (Uno)
Jefe de Oficina Asesora de Jurídica
1045
08
9 (Nueve)
Profesional Especializado
2028
19
4 (Cuatro)
Profesional Especializado
2028
18
20 (Veinte)
Profesional Especializado
2028
17
4 (Cuatro)
Profesional Especializado
2028
16
11 (Once)
Profesional Especializado
2028
15
19 (Diez y nueve)
Profesional Especializado
2028
13
4 (Cuatro)
Profesional Especializado
2028
N° de cargos
Dependencia y denominación del cargo
Código
Grado
18 (Diez y ocho)
Profesional Universitario
2044
11
18 (Diez y ocho)
Profesional Universitario
2044
09
15 (Quince)
Profesional Universitario
2044
07
23 (Veintitrés)
Profesional Universitario
2044
05
35 (Treinta y cinco)
Profesional Universitario
2044
03
1 (Uno)
Analista de Sistemas
3003
15
3 (Tres)
Técnico Operativo
3132
12
4 (Cuatro)
Técnico Operativo
3132
10
8 (Ocho)
Auxiliar de Técnico
3054
06
2 (Dos)
Técnico
3100
15
3 (Tres)
Secretario Ejecutivo
4210
20
3 (Tres)
Secretario Ejecutivo
4210
18
8 (Ocho)
Auxiliar Administrativo
4044
12
6 (Seis)
Auxiliar Administrativo
4044
10
12 (Doce)
Auxiliar Administrativo
4044
08
6 (Seis)
Secretario
4178
10
5 (Cinco)
Secretario
4178
09
3 (Tres)
Operario Calificado
4169
15
11 (Once)
Operario Calificado
4169
11
5 (Cinco)
Conductor Mecánico
4103
11
5 (Cinco)
Conductor Mecánico
4103
09
11 (Once)
Auxiliar de Servicios Generales
4064
15
24 (Veinticuatro)
Auxiliar de Servicios Generales
4064
09
35 (Treinta y cinco)
Auxiliar de Servicios Generales
4064
07
Artículo 2. Las funciones propias de las diferentes dependencias del Instituto Nacional de Salud – INS, serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establecen:
N° de cargos
Dependencia y Denominación del Cargo
Código
Grado
DESPACHO DEL DIRECTOR
1 (Uno)
Director General
0015
24
4 (Cuatro)
Asesor
1020
10
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
19
1 (Uno)
Profesional Universitario
2044
11
2 (Dos)
Técnico
3100
18
1 (Uno)
Conductor Mecánico
4103
14
PLANTA GLOBAL
1 (Uno)
Secretario General
0037
19
5 (Cinco)
Director Técnico
0100
19
2 (Dos)
Jefe de Oficina
0137
16
7 (Siete)
Subdirector Técnico
0150
15
1 (Uno)
Jefe de Oficina Asesora de Planeación
1045
11
1 (Uno)
Jefe de Oficina Asesora de Jurídica
1045
11
23 (Veintitrés)
Profesional Especializado
2028
23
29 (Veintinueve)
Profesional Especializado
2028
22
8 (Ocho)
Profesional Especializado
2028
21
3 (Tres)
Profesional Especializado
2028
20
62 (Sesenta y dos)
Profesional Especializado
2028
19
6 (Seis)
Profesional Especializado
2028
18
12 (Doce)
Profesional Especializado
2028
17
19 (Diez y nueve)
Profesional Especializado
2028
15
4 (Cuatro)
Profesional Especializado
2028
14
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
13
48 (Cuarenta y ocho)
Profesional Universitario
2044
11
19 (Diez y nueve)
Profesional Universitario
2044
09
40 (Cuarenta)
Profesional Universitario
2044
07
17 (Diez y siete)
Profesional Universitario
2044
05
2 (Dos)
Profesional Universitario
2044
03
1 (Uno)
Analista de Sistemas
3003
17
3 (Tres)
Técnico
3100
18
2 (Dos)
Técnico
3100
17
8 (Ocho)
Técnico
3100
08
3 (Tres)
Técnico Operativo
3132
14
3 (Tres)
Técnico Operativo
3132
12
1 (Uno)
Técnico Operativo
3132
10
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
22
5 (Cinco)
Secretario Ejecutivo
4210
20
3 (Tres)
Operario Calificado
4169
17
11 (Once)
Operario Calificado
4169
13
8 (Ocho)
Auxiliar Administrativo
4044
14
4 (Cuatro)
Auxiliar Administrativo
4044
12
12 (Doce)
Auxiliar Administrativo
4044
10
2 (Dos)
Auxiliar Administrativo
4044
08
5 (Cinco)
Secretario
4178
12
4 (Cuatro)
Secretario
4178
11
1 (Uno)
Secretario
4178
10
1 (Uno)
Secretario
4178
09
4 (Cuatro)
Conductor Mecánico
4103
13
N° de cargos
Dependencia y Denominación del Cargo
Código
Grado
5 (Cinco)
Conductor Mecánico
4103
11
9 (Nueve)
Auxiliar de Servicios Generales
4064
17
2 (Dos)
Auxiliar de Servicios Generales
4064
15
23 (Veintitrés)
Auxiliar de Servicios Generales
4064
11
36 (treinta y seis)
Auxiliar de Servicios Generales
4064
09
Artículo 3°. El Director General, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 2° del presente decreto mediante acto administrativo y ubicará al personal teniendo en cuenta la estructura, las necesidades del servicio, los planes y programas trazados por la entidad.
Artículo 4°. La incorporación de los funcionarios a la planta de personal que se establece en el artículo 2° del presente decreto, se hará dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha de su publicación.
Parágrafo. Los empleados públicos del Instituto Nacional de Salud (INS), continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.
Artículo 5°. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y el Decreto Reglamentario número 1227 de 2005 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 6°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga los Decretos número 273 de 2004 y 4580 de 2005, y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de diciembre de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
El Ministro de Salud y Protección Social,
Alejandro Gaviria Uribe.
La Directora Jurídica del Departamento Administrativo de la Función Pública, Encargada de las Funciones del Despacho de la Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Claudia Patricia Hernández León.