DECRETO 2775 DE 2012

Decretos 2012

DECRETO 2775 DE 2012

(diciembre 28)

D.O. 48.658, diciembre 29 de 2012

por el cual se establece la planta de personal del Instituto Nacional de Salud (INS) y se dictan otras disposiciones.

Nota: Ver Decreto 780 de 2016, artículo 4.1.2, que dejó excluido de la derogatoria integral este decreto. Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social.

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que les confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 4109 de 2011 cambió la naturaleza jurídica del Instituto Nacional de Salud (INS), de establecimiento público a Instituto Científico y Técnico, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, el cual continúa denominándose Instituto Nacional de Salud (INS), y adecuó la estructura orgánica a la nueva naturaleza jurídica.

Que el artículo 11 del Decreto número 4109 del 2 de noviembre de 2011, determina que se debe adecuar la organización y funcionamiento interno del Instituto a la nueva naturaleza jurídica.

Que el artículo 8° de la Ley 1438 de 2011 establece que el Observatorio Nacional de Salud se debe crear como una dependencia del Instituto Nacional de Salud.

Que el Instituto Nacional de Salud – INS, presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto ley 019 de 2012, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.

Que el Instituto Nacional de Salud para el propósito de modificar su planta de personal cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Que el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Salud, mediante acta del 2 de marzo de

2012, aprobó la propuesta de planta de personal y decidió someterla a consideración del Gobierno Nacional para su aprobación.

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímanse de la planta de personal del Instituto Nacional de Salud, los siguientes cargos:

N° de cargos

Dependencia y denominación del cargo

 Código

Grado

DESPACHO DEL DIRECTOR

1 (Uno)

Director General

0015

 20

2 (Dos)

Asesor

1020

 10

PLANTA GLOBAL

1 (Uno)

Secretario General

0037

 16

4 (Cuatro)

Subdirector General

0040

 16

1 (Uno)

Jefe de Oficina

0137

 14

1 (Uno)

Jefe de Oficina Asesora de Planeación

1045

 08

1 (Uno)

Jefe de Oficina Asesora de Jurídica

1045

 08

9 (Nueve)

Profesional Especializado

2028

 19

4 (Cuatro)

Profesional Especializado

2028

 18

20 (Veinte)

Profesional Especializado

2028

 17

4 (Cuatro)

Profesional Especializado

2028

 16

11 (Once)

Profesional Especializado

2028

 15

19 (Diez y nueve)

Profesional Especializado

2028

 13

4 (Cuatro)

Profesional Especializado

2028

N° de cargos

Dependencia y denominación del cargo

 Código

Grado

18 (Diez y ocho)

Profesional Universitario

2044

 11

18 (Diez y ocho)

Profesional Universitario

2044

 09

15 (Quince)

Profesional Universitario

2044

 07

23 (Veintitrés)

Profesional Universitario

2044

 05

35 (Treinta y cinco)

Profesional Universitario

2044

 03

1 (Uno)

Analista de Sistemas

3003

 15

3 (Tres)

Técnico Operativo

3132

 12

4 (Cuatro)

Técnico Operativo

3132

 10

8 (Ocho)

Auxiliar de Técnico

3054

 06

2 (Dos)

Técnico

3100

 15

3 (Tres)

Secretario Ejecutivo

4210

 20

3 (Tres)

Secretario Ejecutivo

4210

 18

8 (Ocho)

Auxiliar Administrativo

4044

 12

6 (Seis)

Auxiliar Administrativo

4044

 10

12 (Doce)

Auxiliar Administrativo

4044

 08

6 (Seis)

Secretario

4178

 10

5 (Cinco)

Secretario

4178

 09

3 (Tres)

Operario Calificado

4169

 15

11 (Once)

Operario Calificado

4169

 11

5 (Cinco)

Conductor Mecánico

4103

 11

5 (Cinco)

Conductor Mecánico

4103

 09

11 (Once)

Auxiliar de Servicios Generales

4064

 15

24 (Veinticuatro)

Auxiliar de Servicios Generales

4064

 09

35 (Treinta y cinco)

Auxiliar de Servicios Generales

4064

 07

Artículo 2. Las funciones propias de las diferentes dependencias del Instituto Nacional de Salud – INS, serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establecen:

N° de cargos

Dependencia y Denominación del Cargo

 Código

Grado

DESPACHO DEL DIRECTOR

1 (Uno)

Director General

0015

 24

4 (Cuatro)

Asesor

1020

 10

1 (Uno)

Profesional Especializado

2028

 19

1 (Uno)

Profesional Universitario

2044

 11

2 (Dos)

Técnico

3100

 18

1 (Uno)

Conductor Mecánico

4103

 14

PLANTA GLOBAL

1 (Uno)

Secretario General

0037

 19

5 (Cinco)

Director Técnico

0100

 19

2 (Dos)

Jefe de Oficina

0137

 16

7 (Siete)

Subdirector Técnico

0150

 15

1 (Uno)

Jefe de Oficina Asesora de Planeación

1045

 11

1 (Uno)

Jefe de Oficina Asesora de Jurídica

1045

 11

23 (Veintitrés)

Profesional Especializado

2028

 23

29 (Veintinueve)

Profesional Especializado

2028

 22

8 (Ocho)

Profesional Especializado

2028

 21

3 (Tres)

Profesional Especializado

2028

 20

62 (Sesenta y dos)

Profesional Especializado

2028

 19

6 (Seis)

Profesional Especializado

2028

 18

12 (Doce)

Profesional Especializado

2028

 17

19 (Diez y nueve)

Profesional Especializado

2028

 15

4 (Cuatro)

Profesional Especializado

2028

 14

1 (Uno)

Profesional Especializado

2028

 13

48 (Cuarenta y ocho)

Profesional Universitario

2044

 11

19 (Diez y nueve)

Profesional Universitario

2044

 09

40 (Cuarenta)

Profesional Universitario

2044

 07

17 (Diez y siete)

Profesional Universitario

2044

 05

2 (Dos)

Profesional Universitario

2044

 03

1 (Uno)

Analista de Sistemas

3003

 17

3 (Tres)

Técnico

3100

 18

2 (Dos)

Técnico

3100

 17

8 (Ocho)

Técnico

3100

 08

3 (Tres)

Técnico Operativo

3132

 14

3 (Tres)

Técnico Operativo

3132

 12

1 (Uno)

Técnico Operativo

3132

 10

1 (Uno)

Secretario Ejecutivo

4210

 22

5 (Cinco)

Secretario Ejecutivo

4210

 20

3 (Tres)

Operario Calificado

4169

 17

11 (Once)

Operario Calificado

4169

 13

8 (Ocho)

Auxiliar Administrativo

4044

 14

4 (Cuatro)

Auxiliar Administrativo

4044

 12

12 (Doce)

Auxiliar Administrativo

4044

 10

2 (Dos)

Auxiliar Administrativo

4044

 08

5 (Cinco)

Secretario

4178

 12

4 (Cuatro)

Secretario

4178

 11

1 (Uno)

Secretario

4178

 10

1 (Uno)

Secretario

4178

 09

4 (Cuatro)

Conductor Mecánico

4103

 13

N° de cargos

Dependencia y Denominación del Cargo

 Código

Grado

5 (Cinco)

Conductor Mecánico

4103

 11

9 (Nueve)

Auxiliar de Servicios Generales

4064

 17

2 (Dos)

Auxiliar de Servicios Generales

4064

 15

23 (Veintitrés)

Auxiliar de Servicios Generales

4064

 11

36 (treinta y seis)

Auxiliar de Servicios Generales

4064

 09

Artículo 3°. El Director General, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 2° del presente decreto mediante acto administrativo y ubicará al personal teniendo en cuenta la estructura, las necesidades del servicio, los planes y programas trazados por la entidad.

Artículo 4°. La incorporación de los funcionarios a la planta de personal que se establece en el artículo 2° del presente decreto, se hará dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha de su publicación.

Parágrafo. Los empleados públicos del Instituto Nacional de Salud (INS), continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.

Artículo 5°. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y el Decreto Reglamentario número 1227 de 2005 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.

Artículo 6°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga los Decretos número 273 de 2004 y 4580 de 2005, y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 28 de diciembre de 2012.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Mauricio Cárdenas Santamaría.

El Ministro de Salud y Protección Social,

 Alejandro Gaviria Uribe.

La Directora Jurídica del Departamento Administrativo de la Función Pública, Encargada de las Funciones del Despacho de la Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

 Claudia Patricia Hernández León.

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