DECRETO 2761 DE 2012
(diciembre 28)
D.O. 48.658, diciembre 29 de 2012
por el cual se prorroga la vigencia de unos empleos temporales creados mediante el Decreto número 4974 de 2011 y se crean otros en la planta del Ministerio de Educación Nacional.
Nota: Modificado por el Decreto 2238 de 2015 y por el Decreto 2709 de 2014.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 21 de Ley 909 de 2004 y,
CONSIDERANDO:
Que en las bases del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 se enfatiza que “el propósito fundamental de los próximos cuatro años será mejorar la calidad de la educación, considerada el instrumento más poderoso para reducir la pobreza y el camino más efectivo para alcanzar la prosperidad”.
Que con fundamento en lo anterior, se definió el Plan Sectorial de Educación 2010-2014 “Educación de Calidad el Camino para la Prosperidad”, el cual contempla cinco objetivos que deben ser observados por el Ministerio de Educación Nacional, en el ejercicio de sus funciones administrativas, entre el que se destaca el relacionado con “Mejorar la Calidad de la Educación en Todos sus Niveles”.
Que el Ministerio de Educación Nacional para alcanzar el anterior objetivo, definió una serie de programas estratégicos entre los que se encuentra el denominado “Programa de Transformación de la Calidad Educativa”, cuyo propósito principal es mejorar el aprendizaje de los estudiantes matriculados en instituciones educativas oficiales entre transición y quinto grado, especialmente en las áreas de lenguaje y matemáticas.
Que para el desarrollo del Programa de Transformación de la Calidad Educativa y en especial, por el alcance y cobertura que del mismo se espera, el Ministerio de Educación Nacional requirió de personal con perfiles especializados, destacados y orientados a temas relacionados directamente con la educación, razón por la cual, mediante el Decreto número 4974 de 2011, el Gobierno Nacional creó en la planta de personal de dicha Entidad, empleos temporales de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 909 de 2004.
Que el Ministerio de Educación Nacional ha proyectado que la ejecución del Programa de Transformación de la Calidad Educativa se prolongue hasta el 31 de diciembre de 2014, teniendo en cuenta el alcance y las finalidades que de dicho programa se esperan.
Que por lo tanto, se requiere prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2014 los cargos temporales creados mediante el Decreto número 4974 de 2011 en la planta de personal de empleados públicos del Ministerio Educación Nacional, con el fin de dar continuidad a la ejecución del Programa de Transformación de la Calidad Educativa, así como también se identificó la necesidad de crear cinco (5) empleos temporales adicionales, con el fin de fortalecer el desarrollo del referido Programa.
Que lo anterior tiene su fundamento en el artículo 21 de la Ley 909 el cual faculta al Ministerio de Educación Nacional para contemplar en su planta de personal, empleos de carácter temporal con el fin de “desarrollar programas o proyectos de duración determinada”, siempre y cuando se apropien los recursos suficientes para cubrir el pago de salarios y prestaciones sociales.
Que dentro de la distribución interna de los recursos de inversión asignados al Ministerio de Educación Nacional por parte del Departamento Nacional de Planeación para la vigencia 2013, existe una partida presupuestal apropiada como parte del rubro “Mejoramiento de la calidad de la educación básica y media”, la cual está destinada a la financiación de la planta temporal que se requiere para el funcionamiento del Programa de Transformación de la Calidad Educativa.
Que así mismo, en el ejercicio de Marco de Gasto de Mediano Plazo del Ministerio de Educación Nacional se encuentra considerado el presupuesto para el mencionado proyecto de inversión, con cargo al cual se priorizarán los recursos necesarios para la financiación de la planta temporal durante la vigencia 2014.
Que el Ministerio de Educación Nacional presentó al Departamento Administrativo de la
Función Pública la justificación técnica de que trata la Ley 909 de 2004 y el Decreto número 1227 de 2005, para la creación de empleos temporales en la planta de personal, la cual obtuvo concepto favorable de este Departamento Administrativo.
Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió la viabilidad presupuestal.
DECRETA:
Artículo 1°. Modificación del artículo 1° del Decreto número 4974 de 2011. Modifíquese el artículo 1º del Decreto número 4974 de 2011, en el sentido de prorrogar el término de la vigencia de los empleos temporales que conforman la planta de personal de empleados públicos del Ministerio de Educación Nacional para el desarrollo del Programa de Transformación de la Calidad Educativa, hasta el 31 de diciembre de 2014.
Articulo 2°. Creación de cargos temporales. Créanse en la planta de personal de empleados públicos del Ministerio de Educación Nacional, para el desarrollo del Programa de Transformación de la Calidad Educativa, los siguientes cargos temporales hasta el 31 de diciembre de 2014:
No. DE CARGOS
DEPENDENCIA Y DEMONIMACION DEL EMPLEO
CÓDIGO
GRADO
5 (CINCO)
Profesional especializado
2028
22
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D. C., a 28 de diciembre de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
La Viceministra de Educación Preescolar, Básica y Media del Ministerio de Educación Nacional, Encargada de las Funciones del Despacho de la Ministra de Educación Nacional,
Roxana Segovia de Cabrales.
La Subdirectora (e) del Departamento Administrativo de la Función Pública, Encargada de las Funciones del Despacho de la Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Claudia Patricia Hernández León