DECRETO 2621 DE 2012
(diciembre 17)
D.O. 48.647, diciembre 17 de 2012
por el cual se hace efectivo el retiro del servicio de un notario por haber alcanzado la edad de retiro forzoso, se hace un nombramiento en virtud del artículo 178 numeral 3 del Decreto número 960 de 1970, y se designa un notario en propiedad en el Círculo Notarial de Medellín.
Nota: Ver Decreto 932 de 2013.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el artículo 131 de la Constitución Política, los artículos 178 numeral 3 y 182 del Decreto ley 960 de 1970, 74 del Decreto Reglamentario 2148 de 1983, 3 de la Ley 588 de 2000, 5° del Decreto número 2163 de 1970 y 1° del Decreto número 3047 de 1989, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto número 3047 de 1989 establece como edad de retiro forzoso para los notarios, la de 65 años.
Que el inciso segundo del artículo 182 del Decreto ley 960 de 1970 estipula que el retiro del Notario “se producirá a solicitud del interesado, del Ministerio Público, de la Vigilancia Notarial, o de oficio, dentro del mes siguiente a la ocurrencia de la causal”.
Que el doctor Juan Jorge Tascón Villa, designado Notario Catorce (14) del Círculo de Medellín, mediante Decreto número 098 del 16 de enero de 2009, cumplió 65 años de edad el 8 de marzo del año 2010, según se deduce de la copia del registro civil de nacimiento que reposa en el archivo de la Superintendencia de Notariado y Registro.
Que mediante el Decreto número 3508 del 24 de septiembre de 2010, se dio cumplimiento al fallo de tutela del 7 de julio de 2010, proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, que ordenó al Gobierno Nacional – Ministerio del Interior y de Justicia y Presidente de la República, proceder a la emisión del acto correspondiente mediante el cual se determinara el retiro del servicio del doctor Juan Jorge Tascón Villa, Notario Catorce del Círculo de Medellín, por haber alcanzado la edad de retiro forzoso.
Que en el precitado fallo se dispuso que tal remoción quedaría supeditada al acto administrativo emanado del Instituto de Seguros Sociales, mediante el cual se le reconociera el derecho a la pensión al doctor Juan Jorge Tascón Villa, y en el numeral 4 de la parte resolutiva del Decreto número 3508 del 24 de septiembre de 2010, se estableció tal circunstancia como condición para llevar a cabo el correspondiente retiro.
Que mediante Resolución número 021302 del 19 de noviembre de 2010, el Instituto de Seguros Sociales, Seccional Antioquia, concedió pensión de vejez, al señor Juan Jorge Tascón Villa, identificado con la cédula de ciudadanía número 8257211.
Que mediante el Decreto número 2165 del 19 de octubre de 2012, se nombró en propiedad al doctor Mauricio Emilio Amaya Martínez Clark, identificado con la cédula de ciudadanía número 8670060, como Notario Treinta (30) del Círculo de Medellín.
Que el doctor Mauricio Emilio Amaya Martínez Clark, Notario Treinta (30) del Círculo de Medellín solicitó, con base en el derecho de preferencia consagrado en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto número 960 de 1970 y primero que todos los demás notarios de mismo círculo, mediante escrito del 24 de octubre de 2012, su designación en la Notaría Catorce (14) del Círculo de Medellín, tal como consta en certificación del 30 de octubre del año en curso, suscrita por el Secretario Técnico del Consejo Superior de la Carrera Notarial.
Que en sesión del 24 de marzo de 2010, el Consejo Superior de la Carrera Notarial, entre otros asuntos, trató el tema relacionado con el derecho de preferencia consagrado en el numeral 3 del artículo 178 del Estatuto Notarial.
Sobre el particular, en esa oportunidad se puntualizó que el notario en propiedad al ingresar a la carrera notarial, adquiere derechos y obligaciones, dentro de los cuales se encuentra el de poder ejercer el derecho de preferencia para ocupar una notaría vacante, siempre que esta pertenezca a la misma circunscripción político administrativa y sea de igual categoría, de acuerdo a lo preceptuado en el Decreto número 960 de 1970, artículo 178-3.
Que el artículo 131 de la Constitución Política dispone que el nombramiento de los notarios en propiedad se hará mediante concurso.
Que mediante Acuerdo número 011 del 2 de diciembre de 2010, modificado por el Acuerdo número 2 del 24 de enero de 2011, el Consejo Superior de la Carrera Notarial convocó a “Concurso Público y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad y el Ingreso a la Carrera Notarial”, con el objeto de proveer en propiedad el cargo de notario en los diferentes círculos notariales del territorio nacional.
Que mediante Acuerdo número 29 del 15 de diciembre de 2011, el Consejo Superior de la Carrera Notarial conformó la Lista de Elegibles para proveer en propiedad 157 cargos de notario en diferentes círculos notariales del país.
Que la Lista de Elegibles fue conformada e integrada teniendo en cuenta los respectivos círculos notariales del país, así como los nombres y documentos de identidad de quienes, en estricto orden descendente obtuvieron los mayores puntajes como resultado de las calificaciones correspondientes a las distintas fases del concurso, siempre que superaran el mínimo de sesenta (60) puntos exigido para la integración de tales listas (Decreto número 926 de 2007 y Acuerdo número 011 de 2010).
Que la designación de los notarios de primera categoría es competencia del Gobierno Nacional.
Que el Secretario Técnico del Consejo Superior de la Carrera Notarial, mediante documento del 30 de octubre de 2012 certificó: “Que con fundamento en las listas de elegibles vigentes, conformadas por el Acuerdo número 029 del 15 de diciembre de 2011, expedido por el Consejo Superior de la Carrera Notarial, el doctor Humberto León Rivera Galeano, identificado con la cédula de ciudadanía número 3541442, en su calidad de aspirante a ser designado Notario en propiedad en el Círculo Notarial de Medellín, es quien debe ser nombrado como Notario Treinta (30) en propiedad, conforme al puntaje obtenido de ochenta y seis punto quince (86.15) puntos, ocupando el puesto número octavo de la lista de elegibles correspondiente al Círculo de Medellín, dentro del concurso público y abierto para el nombramiento de notarios en propiedad e ingreso a la carrera notarial convocado mediante Acuerdo número 011 del 2 de diciembre de 2010, modificado por el Acuerdo número 002 del 24 de enero de 2011, ambos
proferidos por el Consejo Superior de la carrera Notarial”,
DECRETA:
Artículo 1. Retiro del Servicio. Hágase efectivo el retiro del servicio del doctor Juan Jorge Tascón Villa, identificado con la cédula de ciudadanía número 8257211, quien se encuentra desempeñando el cargo de Notario Catorce (14) en propiedad del Círculo Notarial de Medellín, por cumplimiento de la edad de retiro forzoso.
Artículo 2. Nombramiento en ejercicio del derecho de preferencia. Nómbrese a doctor Mauricio Emilio Amaya Martínez Clark, identificado con la cédula de ciudadanía número 8670060 y actual Notario Treinta (30) del Círculo Notarial de Medellín, como Notario Catorce (14) en propiedad del mismo Círculo Notarial, por haberlo solicitado en ejercicio del derecho de preferencia.
Artículo 3. Nombramiento, Nómbrese en propiedad al doctor Humberto León Rivera Galeano, identificado con la cédula de ciudadanía número 3541442, como Notario Treinta (30) del Círculo de Medellín.
Artículo 4°. Acreditación de documentos. Para tomar posesión de los cargos los doctores Amaya Martínez Clark y Rivera Galeano, deberán acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro la documentación de ley.
Artículo 5. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
La Ministra de Justicia y del Derecho,
Ruth Stella Correa Palacio.